La Justicia determinó una fecha en la que decidirá si se le quita la prisión domiciliaria al exintendente de Soriano Guillermo Besozzi, quien solicitó que se definiera una resolución antes de las elecciones departamentales de las que participa como candidato y por las cuales no puede hacer campaña territorial.
Definen si le quitan la prisión domiciliaria al exintendente Guillermo Besozzi
El exintendente de Soriano solicitó ser liberado antes de los comicios, de los cuales participa como candidato.
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El candidato a intendente ya tiene fecha para definir sobre su prisión domiciliaria.
El pedido de revocación de la medida cautelar de prisión domiciliaria por parte de la defensa de Besozzi dio sus frutos y la Justicia definirá el próximo lunes 5 de mayo si sigue adelante con su decisión o le da libertad al candidato a intendente por el Partido Nacional (PN) a solo seis días de las elecciones departamentales.
"Todas las razones sobre las que se fundamentó la medida (de prisión domiciliaria) ya no están”, explicó su abogado, Juan Fagúndez en diálogo con Montevideo Portal. “No hay peligro de fuga, no hay peligro de que se pierdan documentos, él no tiene ningún acceso a la intendencia. Los directores que estaban con él en la intendencia, por uno u otro motivo, ya renunciaron”, comentó.
Por eso, y teniendo en cuenta que la medida de prisión domiciliaria no había sido apelada previamente, el pedido de cambio tiene el objetivo de pasar "de ese arresto domiciliario a otra medida que no lo prive de esa libertad de movimiento y del ejercicio de sus derechos como elegible”.
El abogado defensor presentó días atrás un escrito a la Justicia donde reclama que la prisión domiciliaria del exintendente sea modificada por otro estado en el que no se le prive de ejercer su derecho como candidato a intendente por el departamento de Soriano en el que se le permita hacer campaña.
Besozzi fue detenido el 13 de marzo e imputado por "presunto autor responsable de reiterados delitos de peculado, reiterados delitos de tráfico de influencias, delitos de concusión, reiterados delitos de omisión de denunciar delitos, un delito continuado de cohecho simple y reiterados delitos de abuso de funciones, y como coautor de un delito de cohecho calificado, todos en régimen de reiteración real”.
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