24 de mayo 2023 - 11:00

El BCU y cooperativas, en disputa por una nueva normativa a las entidades crediticias

El Banco Central rechazó los recursos presentados por las cooperativas, pidiendo no ser alcanzadas por la nueva regulación para entidades otorgantes de crédito.

Banco Central del Uruguay.

Banco Central del Uruguay.

Foto: BCU

Un grupo de cooperativas presentaron un recurso contra una nueva normativa del Banco Central del Uruguay (BCU) respecto de las entidades otorgantes de crédito, pero la entidad bancaria rechazó los argumentos, incluyendo a estas organizaciones dentro de la regulación.

La nueva normativa del BCU establece una serie de requerimientos que las entidades otorgantes de crédito deben cumplir en cuestiones relativas a la administración, la seguridad, la información, la publicidad, y la prevención de lavado de activos y financiamiento del terrorismo, entre otras. Además, limita las modalidades de crédito que estas instituciones pueden otorgar, y elimina la posibilidad de otorgar créditos mediante el uso de tarjetas, órdenes de compra u otras modalidades.

Frente a la nueva regulación, un grupo de diversas cooperativas —la Sociedad de Ahorro y Crédito de Cooperativa José Artigas (Saccja), Cooperativa de Ahorro y Crédito de Suboficiales Navales (Cacson), Cooperativa Policial de Ahorro y Crédito (Copac), Cooperativa Maestros Ahorro y Crédito (Comac), Cooperativa ACAC de Ahorro y Crédito (ACAC), Cooperativa de Ahorro y Crédito de los Funcionarios de la Intendencia Municipal de Maldonado (Cacfimm), Cooperativa de Funcionarios de la Enseñanza de Maldonado (Cofuema) y Cooperativa Nacional de Ahorro y Crédito (Cofac)— presentaron un recurso de revocación y jerárquico ante el BCU para que no se les aplique la normativa.

Los argumentos de las cooperativas

Entre los motivos argumentados, las organizaciones señalaron que “el espíritu de la ley de Cooperativas N° 18.407 fue el no duplicar controles para las cooperativas, lo que dificulta la gestión, el desarrollo y aumenta la burocratización en perjuicio incluso del Estado”. En ese sentido, la aplicación de la nueva normativa del BCU duplicaría “los controles realizados por la Auditoría Interna de la Nación, la Secretaría Nacional Contra el Lavado de Activos y el Financiamiento del Terrorismo y el Área de Defensa del Consumidor (MEF), lo que violentaría el principio de igualdad, discriminándolas frente a otras entidades con fines de lucro, que no tendrían tal dualidad de controles”.

También, señalaron “que la aprobación del proyecto normativo encarecería los costos de las cooperativas de ahorro y crédito de capitalización, podría poner en riesgo la viabilidad de muchas y sin dudas encarecería el crédito de las personas de menores recursos”.

Más allá de estos motivos, el BCU finalmente rechazó los recursos. La explicación se basó en que la entidad bancaria tiene potestad para regular y supervisar a las entidades otorgantes de crédito “independiente de la forma jurídica” en la que estén inscritas, así como del hecho de que sean “con y sin fines de lucro en tanto otorguen créditos de manera habitual y profesional”.

Las cooperativas podrán ir ahora ante el Tribunal de los Contencioso Administrativo (TCA) para buscar la revocación de esta regulación.

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