9 de septiembre 2025 - 15:57

El Partido Nacional insiste con la destitución de Álvaro Danza al frente de ASSE

Un informe jurídico solicitado por los diputados blancos Amin Niffouri y José Luis Satdjian señala que la situación del funcionario "resulta violatoria" de varias normas.

El Partido Nacional insiste con la destitución de Álvaro Danza al frente de ASSE.

El Partido Nacional insiste con la destitución de Álvaro Danza al frente de ASSE.

La continuidad de Álvaro Danza al frente de la Administración de los Servicios de Salud del Estado (ASSE) en paralelo a su desempeño en el sector privado sigue siendo un tema de polémica, y mientras el oficialismo defiende el director, el Partido Nacional (PN) insiste en la incompatibilidad de sus funciones a través de un nuevo informe jurídico.

Además de presidir el directorio de ASSE, Danza atiende en tres mutualistas, es docente universitario grado 5 y dirige la Revista Médica del Uruguay, del Sindicato Médico del Uruguay (SMU). Para el gobierno, esta situación no es encuadrable en la incompatibilidad de funciones y la inhabilitación establecida en la Constitución, en tanto los cargos son previos a su asunción en el organismo estatal; pero desde la oposición insisten en que el funcionario debe dar un paso al costado.

En ese sentido, desde el Partido Nacional solicitaron un nuevo informe jurídico al estudio del catedrático Augusto Durán Martínez, el cual concluyó que la situación de Danza "resulta violatoria" del artículo 200 de la Constitución, así como de varias leyes y hasta de una reglamentación del Poder Ejecutivo referida al multiempleo.

Pese a que desde el Frente Amplio (FA) insisten en que no hay impedimentos legales para que el director de ASSE continúe en el cargo —apoyados en los informes elaborados por el estudio Delpiazzo con fecha del 30 de diciembre pasado y por el el director de la División Jurídica del Ministerio de Salud Pública (MSP) con fecha del 18 de agosto—, el documento solicitado por los diputados blancos Amin Niffouri y José Luis Satdjian sostiene lo contrario.

Las incompatibilidades de Danza

"Las actividades que ejerce Danza en las instituciones de asistencia médica privadas indicadas son incompatibles con el cargo de presidente del directorio de ASSE”, apuntó el informe del estudio de Durán Martínez. Esto sucede porque, en su ejercicio de la medicina en la actividad privada, el funcionario viola diversas normas, comenzando por el artículo 200 de la Constitución, que indica que directores de servicios descentralizados “no podrán ser nombrados para cargos ni aun honorarios, que directa o indirectamente dependan del instituto de que forman parte”, salvo para funciones docentes.

El argumento de Durán Martínez señala que, al menos en los casos de la Asociación Española y del Sanatorio CAMS (Soriano), hay "relaciones contractuales" con ASSE, "por lo que se da en el caso la incompatibilidad prevista en la Constitución". Al respecto, desde el gobierno apuntaron desde el primer momento de la polémica que la normativa refieren a nombramientos posteriores al ejercicio del cargo directivo, por lo que no existiría incumplimiento.

El informe solicitado por el Partido Nacional señala también que el empleo de Danza en mutualistas contraviene el artículo 9 de la ley 18.161 (ASSE), de 2007, que imitó el artículo constitucional, aunque es más específico en tanto postula que los integrantes del directorio no pueden "ejercer simultáneamente profesiones o actividades que, directa o indirectamente, se relaciones con ASSE"; así como el artículo 28 del decreto 30/003 —que reglamenta la ley 17.060—, donde se prohíbe a los funcionarios públicos “ejercer su función con relación a las actividades privadas a las que se encuentren vinculados”.

Asimismo, se señaló la contravención del artículo 31 de la Ley 19.823, que imita la redacción del decreto 30/003 y prohíbe a los empleados públicos ejercer su función “con relación a las actividades o entidades privadas a las que se encuentren vinculados profesional, laboral o familiarmente o mediante cualquier otro vínculo del cual pueda derivar un conflicto entre el interés público y el privado”.

En esta línea, las funciones de Danza como director del consejo editorial de la Revista Médica del Uruguay —aunque suponga una actividad científica— y de profesor universitario —en tanto es un cargo rentado y no honorario— son incompatibles al menos respecto de uno de los artículos antes citados.

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