Las elecciones del Banco de Previsión Social (BPS) se realizarán el domingo 22 de noviembre y la Corte Electoral ya puso a disposición el padrón definitivo de habilitados para votar a los representantes sociales del directorio en estos comicios.
Elecciones del BPS: cuándo son y dónde voto
Ya está disponible el padrón electoral para la votación para representantes sociales del directorio del Banco de Previsión Social.
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Las elecciones del BPS se realizarán dentro de poco más de un mes.
La jornada incluye a jubilados y pensionistas, trabajadores activos y empresas contribuyentes en una votación de carácter obligatorio, a excepción de los mayores de 75 años y los titulares de prestaciones por incapacidad de cualquier edad. Aquellos que quieran acceder al buscador de padrón para saber donde emitir su voto, pueden hacerlo a través de este link.
Al ingresar podrá consultar si la persona se encuentra habilitada, en qué orden u órdenes le corresponde votar, así como la información del circuito.
Desde la Corte Electoral aclararon que, si al realizar la búsqueda con credencial cívica no figuraran datos, se recomienda consultar también por nombre y apellido. Además, indicaron que los electores extranjeros que no tengan credencial cívica van a figurar en el padrón de habilitados con cédula de identidad.
Quiénes están habilitados para votar
Para determinar quiénes están habilitados para votar, el BPS tomó como referencia la situación de las personas al pasado 28 de febrero. Sin embargo, para quienes no cumplan los requisitos, verificará su situación al 31 de julio de 2025.
Si un jubilados o pensionista no cumplían con los requisitos habilitantes para votar en ese orden, pero sí para el de trabajadores, lo harán por ese último y lo mismo ocurrirá en sentido contrario.
Cuáles son las multas por no votar en las elecciones del BPS
La no emisión del sufragio, trae aparejada la aplicación de sanciones:
- Jubilados y pensionistas: percibirán una multa de igual valor a la aplicada a quienes no hayan votado en las últimas elecciones nacionales.
- Trabajadores activos: se les aplicará una multa de igual valor a la aplicada a quienes no hayan votado en las últimas elecciones nacionales. El empleador será solidariamente responsable del pago de la multa.
- Empresas contribuyentes: deberán pagar multas de 6, 12 y 20 Unidades Reajustables (UR) según la cantidad de trabajadores dependientes. La sanción se aplicará al contribuyente si no se designó mandatario o si este no concurre a votar.

