1 de septiembre 2026 - 17:39

Elecciones del Banco de Previsión Social: quiénes deben votar, cómo consultar el padrón y cuáles son las multas

Los comicios obligatorios serán el 22 de noviembre y elegirán a los representantes de trabajadores, pasivos y empresas.

Las elecciones obligatorias se llevarán a cabo el 22 de noviembre. 

Las elecciones obligatorias se llevarán a cabo el 22 de noviembre. 

Foto: BPS

Las elecciones de los representantes sociales del Banco de Previsión Social (BPS) se realizarán el próximo 22 de noviembre y serán obligatorias para los habilitados, mientras que el padrón preliminar ya se encuentra disponible para consultar y habrá plazo hasta el 14 de este mes para presentar reclamos o solicitar correcciones.

El presidente de la Corte Electoral, Wilfredo Penco, explicó este martes que en una misma jornada se desarrollarán tres elecciones simultáneas correspondientes a trabajadores activos, jubilados y pensionistas, y representantes de empresas contribuyentes.

El padrón utilizado para determinar quiénes están habilitados tuvo como fecha de corte el 28 de febrero y puede consultarse con la credencial cívica, la cédula de identidad o el nombre. Las autoridades exhortaron a revisar los datos antes del cierre del período de reclamos para que las eventuales modificaciones puedan incorporarse antes de la publicación del padrón definitivo.

¿Quiénes están obligados a votar?

Deberán sufragar los trabajadores activos públicos y privados mayores de 18 años, los jubilados y pensionistas y quienes representen a las empresas contribuyentes, siempre que se encuentren incluidos en el padrón correspondiente.

Una particularidad de estos comicios es que una misma persona puede integrar más de uno de los tres padrones. En ese caso deberá votar en cada orden para el que se encuentre habilitada y la omisión en cualquiera de ellos puede generar la sanción correspondiente.

Están exceptuadas de la obligación las personas mayores de 75 años y aquellas comprendidas en las demás excepciones previstas por la normativa. Para votar será necesario presentar la credencial cívica. En el caso de los residentes extranjeros que no cuentan con ella, podrán hacerlo mediante la cédula de identidad y tendrán una lista específica de acuerdo con su identificación.

El BPS tiene registrados cerca de 100.000 trabajadores extranjeros sin credencial cívica. Para este grupo se realizó previamente un procedimiento de registro de domicilio con el objetivo de asignar circuitos dentro de sus departamentos de residencia y evitar desplazamientos.

¿Qué pasa si no se vota?

Los trabajadores activos y pasivos obligados que no concurran deberán justificar la ausencia o afrontar una multa equivalente a la prevista por no haber sufragado en las últimas elecciones nacionales. Entre las razones admitidas para justificar la omisión figuran enfermedad, invalidez o imposibilidad física, razones de fuerza mayor, encontrarse fuera del país o estar domiciliado fuera del departamento en el que corresponde votar. Esta última causal no se aplica a los mandatarios de empresas.

Para las empresas existe un régimen diferente. Aquellas que no designen mandatario o que, pese a haberlo designado, no sean representadas durante la elección podrán recibir multas de 6, 12 o 20 unidades reajustables, dependiendo de la cantidad de trabajadores dependientes.

Penco explicó que la mayoría de las mesas estarán destinadas específicamente a uno de los tres órdenes, aunque también habrá circuitos híbridos habilitados para recibir votos correspondientes a más de una representación.

Las fechas clave antes del 22 de noviembre

Los ciudadanos tendrán hasta el 14 de setiembre para presentar reclamos o correcciones sobre la información que figura en el padrón preliminar. Posteriormente, las juntas electorales procesarán los cambios y el 22 de setiembre se publicarán tanto el padrón definitivo como los circuitos de votación.

El director del BPS, Ariel Ferrari, explicó que la condición de cada persona quedó determinada por la situación que tenía al 28 de febrero. Por lo tanto, los cambios ocurridos después de esa fecha no modifican el orden en el que corresponde votar.

Así, una persona que se jubiló después del 28 de febrero deberá sufragar como trabajador activo si esa era su situación al momento del cierre del padrón. Del mismo modo, quienes entonces no registraban la condición necesaria para integrar determinado orden no serán incorporados por modificaciones posteriores.

En cuanto a las candidaturas, las agrupaciones deberán cumplir los plazos establecidos y las listas necesitarán el respaldo del 1% de los afiliados habilitados dentro del respectivo orden. Los candidatos tendrán plazo hasta octubre para registrar sus listas. Además, si en alguno de los tres órdenes se presenta una única lista, no se realizará la elección correspondiente a esa categoría, de acuerdo con lo establecido por la normativa.

Te puede interesar