El Parlamento promulgó la ley que aprueba el Acuerdo de Intercambio de Información en Materia Tributaria (AII) entre Uruguay y Estados Unidos, la cual tiene el objetivo de regular e informarse mutuamente respecto a información fiscal entre ambos países.
Se aprobó la ley de intercambio de información financiera con Estados Unidos
El acuerdo se gestó el año pasado y ahora fue ratificado por el Parlamento. Refuerzo de las relaciones bilaterales.
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El acuerdo comenzará a regir el mes que viene, una vez que Uruguay notifique por escrito al país norteamericano que el acuerdo fue aprobado por el Parlamento mediante una ley. Con esto, ambos países podrán intercambiar información fiscal que consideren relevante.
Para determinar la relevancia de la información a analizar, el Estado tendrá que analizar el motivo que sustenta el pedido "de forma tal de evitar que configure una situación de expedición de pesca del país requirente, una acción considerada ilegítima", según afirmó Gastón Lapaz, asociado de Guyer & Regules.
Detalles del acuerdo
Acorde a la nueva normativa, la información que se podrá intercambiar tiene que ver con datos y documentos que se encuentren en el poder del Estado y que puedan "determinar, liquidar y recaudar los impuestos incluidos en el acuerdo para poder cobrarlos y ejecutarlos".
En el caso de Estados Unidos, los impuestos que se podrán investigar son los relacionados a la renta, empleo y trabajo por cuenta propia, sucesiones y donaciones, como así también el impuesto al consumo. En Uruguay, por su parte, se incluyen: el Impuesto Específico Interno (Imesi), el Impuesto al Valor Agregado (IVA), el Impuesto a la Renta de las Personas Físicas (IRPF), el Impuesto a las Rentas de los No Residentes (IRNR) y el Impuesto de Asistencia a la Seguridad Social (IASS).
En los casos de ambos países, se podrán agregar impuestos nacionales posteriores a la firma del acuerdo para que puedan ser investigados.
Por otro lado, se estableció que el pedido de información deberá ser a partir de la implementación del acuerdo y no puede ser retrospectivo, a menos que este relacionado a procesos penales. En ese sentido, se establece que ambos países pueden pedir información a su par, pero el Estado puede negarse a brindarla en caso de que no se cumplan con los requisitos necesarios para solicitarlo.
Además, el especialista de Guyer & Regules aseguró que el acuerdo "establece la posibilidad de que las partes se envíen información de forma espontánea, siempre que sea previsiblemente relevante para los fines del acuerdo y siempre que se haya establecido un mecanismo para ese intercambio que no lo fija el AII, por lo que deberá regularse antes de que pueda utilizar el mecanismo”.
Estados Unidos destacó a Uruguay entre los países con transparencia fiscal
Estados Unidos destacó a Uruguay entre los países que cumplen con los requisitos de transparencia fiscal, en un nuevo guiño de la administración del presidente norteamericano, Joe Biden, a su par local, Luis Lacalle Pou.
El informe elaborado por el Departamento de Estado de ese país busca promover la transparencia fiscal a nivel mundial, considerándola un elemento esencial para la "estabilidad económica global", por lo tanto es clave para que el país siga recibiendo asistencia de Estados Unidos.
Uruguay no fue el único país de la región, ya que otros 12 países respetaron también los estándares, tales los casos de Argentina, Brasil, Chile, Colombia, Costa Rica, Guatemala, Guyana, Honduras, México, Panamá, Paraguay y Perú.
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