La Administración Gubernamental de Ingresos Públicos (AGIP) reglamentó y puso en marcha este martes la moratoria prevista por la ley N° 6195, que abarca a todas las obligaciones tributarias que se encuentren en instancia administrativa y/o judicial.
La Administración Gubernamental de Ingresos Públicos (AGIP) reglamentó y puso en marcha este martes la moratoria prevista por la ley N° 6195, que abarca a todas las obligaciones tributarias que se encuentren en instancia administrativa y/o judicial.
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En un comunicado, la AGIP señaló que "los nuevos planes de facilidades de pago son para todos los impuestos, para todos los contribuyentes de la Ciudad de Buenos Aires y se podrán incluir aquellas deudas vencidas al 31 de julio del 2019, con un plazo para inscribirse que finaliza el 31 de diciembre próximo".
El ente tributario porteño remarcó que "los pequeños y medianos contribuyentes podrán acceder a un plan especial, que se podrá hacer hasta en 120 cuotas y cuenta con la posibilidad de abonar la primera cuota recién a los 90 días desde su adhesión", mientras que "los grandes contribuyentes podrán hacer un plan de pagos hasta en 60 cuotas o con otra opción que les permitirá pagar el 10% del total de la deuda como anticipo y el saldo restante en 90 cuotas".
Finalmente, la AGIP puso de relieve que "todos los planes cuentan con la condonación de intereses y sanciones; y el interés de financiación será con un esquema ascendente en el plazo, siempre por debajo de la tasa de interés del mercado. Además, dicha moratoria contempla el levantamiento de embargos a aquellos contribuyentes que se acojan al plan".
El proyecto contempla dos cuestiones importantes para los contribuyentes. En primer lugar prorroga hasta el 31/12/19 la suspensión de aplicar el SIRCREB (Sistema de Recaudación y Control de Acreditaciones Bancarias), es decir de las retenciones de Ingresos Brutos sobre las acreditaciones bancarias y que según estimaciones del ente recaudador viene beneficiando a 220.000 pymes y a los pequeños contribuyentes. Se excluirá de estas retenciones a los contribuyentes que hayan facturado hasta $15 millones durante el 2018.
El alivio que produce esta medida es no generar más saldos a favor en cabeza del contribuyente que le producen un perjuicio financiero, pese a las medidas de simplificación adoptadas por la AGIP para lograr la devolución de las retenciones en exceso.
Por otra parte, el haber contemplado el levantamiento de embargos a aquellos contribuyentes que se acojan al plan descomprimirá la situación de muchos que se ven con cuentas bancarias trabadas que condicionan de manera severa la habitual operatividad de los negocios.
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