19 de septiembre 2024 - 07:46

Blanqueo: la advertencia de Luis Caputo a días del cierre de la fase 1

El ministro de economía se expresó en las redes sociales sobre la adhesión al blanqueo, la gran apuesta del Gobierno que afirman, "no tiene fines recaudatorios" sino de incorporar a más personas al régimen formal.

Luis Caputo habló del blanqueo a cinco días hábiles finales para adherirse. 

Luis Caputo habló del blanqueo a cinco días hábiles finales para adherirse. 

Mariano Fuchila

El ministro de Economía, Luis Caputo, sostuvo un diálogo por redes sociales con uno de los analistas financieros más conocidos e instó a que se adhieran al blanqueo cuya fase 1 termina este 30 de septiembre.

"¿Ustedes entienden que hasta el 30/9 podes ir depositar en una cuenta CERA pagar un mantenimiento que deben ser dos mangos y blanquear hasta 100 mil dólares? sin que te pidan nada? y vas el 01/10 y te los llevas? EL QUE NO BLANQUEA ES UN BOLUDO", explicó Daniel Osinaga, en su cuenta de X. Al mismo tiempo, se dispuso a responder dudas de alguno de sus usuarios y apareció el ministro, Luis Caputo para responder.

"Podés blanquear más de u$s100.000 también, teniendo un montón de opciones de inversión o compra de bienes que no pagan multa y tampoco nadie te va a pedir nada. Esto refuerza aún más tu conclusión final", explicó.

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Daniel Osinaga es uno de los analistas financieros más reconocidos

Daniel Osinaga es uno de los analistas financieros más reconocidos

Blanqueo: cuáles son las opciones de inversión

Los fondos que se ingresen al blanqueo se pueden destinar a los siguientes activos:

  • Títulos públicos: emitidos por Estado nacional, provinciales, municipales y/o CABA
  • Certificados de participación: fideicomisos para inversión productiva, inmobiliaria, infraestructura y financiamiento pymes
  • Cuotapartes de fondos comunes de inversión abiertos y cerrados
  • Acciones colocadas por oferta pública
  • Obligaciones negociables
  • Cheques de pago diferidos
  • Pagarés bursátiles
  • Títulos públicos/valores en fondos de riesgo de sociedades de garantía recíproca.
  • Operaciones onerosas: proyectos inmobiliarios iniciados a partir del 8 de julio de 2024 o que, a dicha fecha, tengan un grado de avance inferior al 50%
  • Vehículos que cumplan con las condiciones propuestas por la resolución.
  • Contratos de locación de obra o símil naturaleza.

Además se agregaron otras opciones de inversión productiva:

Entre los bienes incluidos se encuentran: maquinaria agrícola, maquinaria vial, maquinaria para la construcción y para la industria en general; pick ups; automóviles de cualquier tipo; motocicletas de cualquier tipo; bienes de consumo durables como lavarropas, televisores, etc; celulares; bombas y compresores; bienes tecnológicos como estaciones, antenas, routers, chips; computadoras; vehículos; grupos electrógenos; instrumentos de medición; buques de carga; herramientas eléctricas; y bienes tecnológicos como monitores; entre otros.

Estas compras, exentas de multas, podrán realizarse mediante transferencias de una Cuenta Especial de Regularización de Activos (CERA) hacia cualquier otro tipo de cuentas, que no sean necesariamente cuentas CERA.

La primera etapa, que se acerca a su fin, tiene el foco puesto en el ingreso de efectivo y, en un primer momento, incluía una serie de inversiones financieras habilitadas para no pagar el impuesto del 5% sobre el excedente de u$s100.000.

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