Después de más de cuatro meses sin que se hayan podido armonizar los intereses del Estado nacional con los de los productores agropecuarios respecto de las denominadas retenciones móviles, aparentemente se encontró un principio de solución al trabajoso conflicto que detonó como consecuencia de la famosa Resolución 125 del Ministerio de Economía. Aunque la certeza sobre la derogación está firmemente cuestionada porque la expresión «límite» no es sinónimo de derogación, sería un contrasentido que las suspicacias triunfen sobre las certezas, habida cuenta de que son éstas las que determinan el sentido y la dirección de las definiciones económicas.
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Ahora son los atrasos y las indefiniciones legislativas sobre el denominado Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes los que inspiran estas líneas, para evitar que con los monotributistas suceda lo mismo que con el agro y que el malhumor se potencie. Si bien los intereses en juego son significativamente diferentes, si se considerara el número de monotributistas empadronados, que podría acercarse a los dos millones de contribuyentes, se advertiría que, aunque no representen una amenaza gremial, bien podrían generar un interés político partidario que contemplara sus hasta ahora ignorados reclamos.
Guardando las distancias, hace medio siglo, el poujadismo en Francia se nutrió del apoyo de contribuyentes descontentos y así instaló diputados que se ocuparon de sus intereses, de modo que no estamos frente a una cuestión abstracta.
La actualización del denominado Monotributo responde a la insistente demanda de colegios de graduados y de consejos de profesionales de ciencias económicas a instancias de sus asociados en todo el país. Las presentaciones de ambos cuerpos no piden tratamientos de privilegio, exenciones específicas u otras medidas que podrían fracturar los principios de igualdad ante la ley o de la capacidad contributiva. Es más sencillo y transparente.
Ocurre que los proyectos sobre el tema siguen pendientes de tratamiento en el Congreso, aunque la definición debería tener trámite de urgente, porque muchos contribuyentes adheridos al sistema ya corren el riesgo de quedar fuera de éste, simplemente porque no se han actualizado oficialmente los montos que gobiernan la admisión y permanencia, aunque los precios hayan crecido significativamente. Obsérvese, entonces, que los límites ya históricos de 72.000 y 144.000 pesos anuales, según se trate de prestaciones de servicios y de otras actividades, respectivamente, ya denuncian una severa desactualización. Una simple corrección monetaria elevaría entonces los topes de facturación anual a 140.000 y 280.000 pesos en cada caso.
En el ambiente profesional, el régimen de Monotributo no complace a los técnicos. La mayoría prefiere continuar con el Impuesto a las Ganancias porque supone que son menores las posibilidades de evasión. Aunque ello no está probado, desde el punto de vista de la perfección del sistema tributario es verdad. Pero se me ocurre que pierden de vista los fundamentos que aquí y en otras partes legitimaron su implantación. Esto es, aliviar costos y tareas engorrosas a contribuyentes con limitado interés fiscal, según puede deducirse de los montos mencionados, que en el caso de las profesiones liberales rondaría hoy menos de 12.000 pesos mensuales de ingresos brutos. En este tramo, si también se ajustara la contribución mensual como correspondería,ésta ascendería de 210 a 420 pesos mensuales también en obsequio de la recaudación. La severa penalización de los fraudes afirmaría las ventajas del régimen.
Si por falta de ajuste los inscriptos en el Régimen Simplificado perdieran su condición de tales, el daño no sería menor, lo mismo que la tentación de incurrir en prácticas evasivas. Es que entonces serían empujados, pero por desidia legislativa, habida cuenta de que la baja del régimen supondrá mayor presión sobre sus actividades y aumentos de costos administrativos, al margen de la obligación de modificar los sistemas de facturación y de registro, entre otras cosas, que por su parte generan gastos como la pérdida de créditos fiscales en el IVA e incomodidades múltiples que son las que se contemplaron como justificación de su excepcional implantación en 1998.
Los temores son válidos. Pero la capacidad de información que hoy dispone la AFIP junto con un sistema convincente de fiscalización periódica y sorpresiva bien podría mitigarlos. Por lo demás, la actualización de los montos y el aumento contemporáneo de las recaudaciones parecen aspectos que no deberían subestimarse. No se olvide que el atraso de los primeros puede dar lugar a mayor evasión, precisamente para evitar costos e inconvenientes como los mencionados y de paso congelar también la recaudaciones, salvo que se piense que el traslado de contribuyentes al sistema regular aseguraría atractivos ingresos, todo lo cual tiene mucho de conjetura. La rápida y oportuna resolución del tema rescataría al Congreso de la penumbra, el partido gobernante contemplaría la resurrección de su propia creación, los contribuyentes de escasa significación económica se sentirían escuchados y la decisión que tanto demora despejaría dudas respecto de prioridades públicas.
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