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Cae cautelar contra ticket Rosatti-Rosenkrantz
La Cámara se valió de una recusación contra el juez de primera instancia para abordar la cuestión por entero y dar por finalizado el debate.
El fallo le da aire al oficialismo para superar la instancia más áspera que es la de lograr el aval del Senado. Llegar a la negociación con las tribus peronistas bajo la sombra de la medida cautelar de Ramos Padilla (Justicia Legítima) dificultaría aún más cualquier tipo de entendimiento, más si se consideran las sucesivas impugnaciones que se han efectuado contra el ticket que el Gobierno postula para la Corte.
El día previo a la decisión de la Cámara marplatense Ramos Padilla declinó habilitar la feria de verano para tratar la apelación formulada por el procurador del Tesoro, Carlos Balbín.
"Dado que los argumentos expresados (por el Estado nacional) no son suficientes para desvirtuar o modificar la resolución dictada el 21 de diciembre pasado, déjese constancia que la cautelar dictada ha adquirido plenos efectos", sostiene la resolución firmada por magistrado
El juez concedió la apelación para que el fallo sea revisado por la Cámara de Mar del Plata, pero lo hizo con "efecto devolutivo", lo que significa que no se suspende la resolución y que por ende la apelación no cambia la prohibición de tomarles juramento a los jueces designados por decreto.
Los camaristas marplatenses Jorge Ferro y Pablo Jiménez sostuvieron que al calificar de "nefasto" ese Decreto, está considerándolo como "detestable" o "desgraciado", conforme el Diccionario de la Real Academia, "lo que implica un término que conlleva una fuerte carga de negatividad y prueba su apasionamiento".
Así la decisión de Ramos Padilla fue declarada abstracta luego de que los camaristas decidieran la habilitación de la feria.
"Sin perjuicio de la opinión que pudo habernos merecido la generación del procedimiento dispuesto por el Art. 99 inc. 19 CN, por parte del Sr. Presidente de la Nación, es claro que la ulterior adopción por parte del Alto Dignatario de la mecánica establecida por el Dec. 222/03, que regula solamente la facultad presidencial de nombrar magistrados de la Corte Suprema de Justicia de la Nación conforme lo dispone el Art. 99 inciso 4° del Texto Fundamental, y se encuentra actualmente en pleno proceso de cumplimiento, revierte la tesitura del análisis original habido en este expediente, y claramente lo torna de tratamiento abstracto (moot case) por falta de causa", sostuvieron los jueces en el fragmento más rutilante del fallo.
En dicho pasaje utilizan la mecánica del artículo 222 para clausurar cualquier tipo de debate pero al mismo tiempo dejan entrever cierto malestar con el mecanismo utilizado desde el Ejecutivo para cubrir las vacantes cortesanas.
Estrategia
Esta estrategia se puso en marcha luego de una conversación entre Ricardo Lorenzetti y Mauricio Macri cuando la jura de los candidatos terminó postergada.
Antes del inicio de la feria de verano el máximo tribunal rechazó un pedido de per saltum esgrimido por un abogado particular para llevar a la Corte el debate sobre el mecanismo elegido para la designación de Rosatti y Rosenkrantz. El fallo fue firmado por los jueces Lorenzetti, Elena Highton de Nolasco y Juan Carlos Maqueda.
Además, Lorenzetti había sido recusado por el denunciante porque tras el anuncio de la designación por decreto, tuvo palabras de elogio hacia ellos y expresó que recibían "con beneplácito" la llegada de ambos al tribunal.
El presidente de la Corte debió votar en contra de su propia recusación, pues sin su voto el tribunal no hubiera reunido la mayoría necesaria y habría debido acudir a un conjuez.
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