A partir del 1 de enero sólo podrán actuar en el mercado de granos los operadores que tengan su matrícula vigente en el Registro Único de la Cadena Agroalimentaria (RUCA), informó el Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca de la Nación (MAGyP). La Resolución N° 302/2012 mediante la cual se creó el RUCA establece que toda persona física y/o jurídica que intervenga en el comercio y/o industrialización de las cadenas agroalimentarias de granos, sus productos, subproductos y/o derivados, ganados y carnes, sus productos y subproductos, y lácteos, deben estar inscriptos en el RUCA.
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