30 de mayo 2024 - 08:13

Tras la licitación, disponen la emisión de dos letras del Tesoro y amplían una: lo que hay que saber

El Ministerio de Economía dispuso la emisión de dos letras del Tesoro por un monto que supera los 3,5 billones de pesos.

En la propia convocatoria a la subasta, el secretario Pablo Quirno había definido una tasa mínima para la LECAP más corta del 4,2% efectiva mensual (TEM)

En la propia convocatoria a la subasta, el secretario Pablo Quirno había definido una tasa mínima para la LECAP más corta del 4,2% efectiva mensual (TEM)

Ignacio Petunchi

El Ministerio de Economía junto a la Secretaría de Finanzas y Hacienda disponen la emisión para el 31 de mayo de dos letras del Tesoro, aceptadas por el mercado en la licitación del miércoles y amplían otra con vencimiento al 14 de junio.

El ministerio comandado por Luis Caputo colocó $3,5 billones de deuda en pesos y continúa con su estrategia de hacer migrar pasivos del Banco Central a deuda del Tesoro, un pasamanos que tiene como puntal el ofrecimiento desde la Secretaría de Finanzas para los bancos de mayores tasas de interés de las que les paga el BCRA.

En esta oportunidad, lo hizo a través de tres letras a tasa fija de corto plazo (LECAP), con vencimiento el 14 de junio, el 12 de julio y el 16 de agosto. En la licitación, Finanzas recibió ofertas por $16,7 billones, pero adjudicó el 21% del total ya que había prefijado un tope de $3,5 billones.

En la propia convocatoria a la subasta, el secretario Pablo Quirno había definido una tasa mínima para la LECAP más corta del 4,2% efectiva mensual (TEM). Es decir, un rendimiento superior al que perciben los bancos por los pases del BCRA y también más elevado que el que surgía de la cotización de esa misma letra en el mercado secundario. Se trata del incentivo que les puso a las entidades financieras para que se presten al pasamanos de deuda con el Central.

Las otras dos letras no tenían tasa mínima. Finalmente, se adjudicaron a una TEM del 3,57% para la que vence en julio y del 3,59% para la que expira en agosto. “Representa una baja de tasas con respecto a la licitación anterior”, señaló la Secretaría de Finanzas.

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Emisión de letras: las características

S12L4

De acuerdo a la Resolución Conjunta 30/2024, se dispone la emisión de una Letra del Tesoro en pesos con vencimiento al 12 de julio de 2024 por un monto valor nominal de un billón.

  • Fecha de emisión: 31 de mayo de 2024.
  • Fecha de vencimiento: 12 de julio de 2024.
  • Moneda de denominación, suscripción y pago: pesos.
  • Precio de emisión original: a la par.
  • Amortización: íntegra al vencimiento.
  • Intereses: pagará intereses a una tasa efectiva mensual capitalizable mensualmente hasta el vencimiento del instrumento, la que será determinada en la licitación. Los intereses serán calculados sobre la base de meses de treinta (30) días y años de trescientos sesenta (360) días (30/360). Para el cálculo se utilizará la siguiente fórmula
  • DÍAS: cantidad de días transcurridos entre la fecha de emisión y la fecha de vencimiento, calculados sobre la base de meses de treinta (30) días y años de trescientos sesenta (360) días (30/360).
  • VPV: Valor de Pago al Vencimiento.
  • VNO: Valor Nominal Original.
  • Tm: tasa efectiva mensual que se determine en la licitación.
  • Denominación mínima: será de valor nominal original pesos uno (VNO $ 1).
  • Colocación: la suscripción se llevará a cabo, en uno (1) o varios tramos, según lo determine la Secretaría de Finanzas del Ministerio de Economía, conforme a las normas de procedimiento aprobadas mediante la resolución conjunta 9 del 24 de enero de 2019 de la Secretaría de Finanzas y de la Secretaría de Hacienda, ambas del ex Ministerio de Hacienda (RESFC-2019-9-APN-SECH#MHA).
  • Negociación: será negociable y se solicitará su cotización en el Mercado Abierto Electrónico (MAE) y en bolsas y mercados de valores del país.
  • Titularidad: se emitirán Certificados Globales a nombre de la Central de Registro y Liquidación de Pasivos Públicos y Fideicomisos Financieros (CRYL) del Banco Central de la República Argentina (BCRA), en su carácter de Agente de Registro de la Letra.
  • Exenciones impositivas: gozará de todas las exenciones impositivas dispuestas en las leyes y reglamentaciones vigentes en la materia.
  • Atención de los servicios financieros: los pagos se cursarán a través del BCRA mediante transferencias de fondos en las respectivas cuentas de efectivo que posean los titulares de cuentas de registro en dicha institución.
  • Ley aplicable: ley de la República Argentina.

S16G4

Dispónese la emisión de la “Letra del Tesoro Nacional capitalizable en pesos con vencimiento 16 de agosto de 2024”, por un monto de hasta valor nominal original pesos un billón, con las siguientes condiciones financieras:

  • Fecha de emisión: 31 de mayo de 2024.
  • Fecha de vencimiento: 16 de agosto de 2024.
  • Moneda de denominación, suscripción y pago: pesos.
  • Precio de emisión original: a la par.
  • Amortización: íntegra al vencimiento.
  • Intereses: pagará intereses a una tasa efectiva mensual capitalizable mensualmente hasta el vencimiento del instrumento, la que será determinada en la licitación. Los intereses serán calculados sobre la base de meses de treinta (30) días y años de trescientos sesenta (360) días (30/360). Para el cálculo se utilizará la siguiente fórmula:
  • DÍAS: cantidad de días transcurridos entre la fecha de emisión y la fecha de vencimiento, calculados sobre la base de meses de treinta (30) días y años de trescientos sesenta (360) días (30/360).
  • VPV: Valor de Pago al Vencimiento.
  • VNO: Valor Nominal Original.
  • Tm: tasa efectiva mensual que se determine en la licitación.
  • Denominación mínima: será de valor nominal original pesos uno (VNO $ 1).
  • Colocación: la suscripción se llevará a cabo, en uno (1) o varios tramos, según lo determine la Secretaría de Finanzas, conforme a las normas de procedimiento aprobadas mediante la resolución conjunta 9/2019 de la Secretaría de Finanzas y de la Secretaría de Hacienda.
  • Negociación: será negociable y se solicitará su cotización en el MAE y en bolsas y mercados de valores del país.
  • Titularidad: se emitirán Certificados Globales a nombre de la CRYL del BCRA, en su carácter de Agente de Registro de la Letra.
  • Exenciones impositivas: gozará de todas las exenciones impositivas dispuestas en las leyes y reglamentaciones vigentes en la materia.
  • Atención de los servicios financieros: los pagos se cursarán a través del BCRA mediante transferencias de fondos en las respectivas cuentas de efectivo que posean los titulares de cuentas de registro en dicha institución.
  • Ley aplicable: ley de la República Argentina.

S14J4

Dispónese la ampliación de la emisión de la “Letra del Tesoro Nacional capitalizable en pesos con vencimiento 14 de junio de 2024”, emitida originalmente mediante el artículo 1º de la resolución conjunta 27 del 16 de mayo de 2024 de la Secretaría de Finanzas y de la Secretaría de Hacienda, ambas del Ministerio de Economía, por un total de valor nominal original pesos un billón quinientos mil millones.

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