23 de abril 2023 - 00:00

ANSES: ¿cómo iniciar mi jubilación?

Se puede realizar el trámite desde la Administración Nacional de la Seguridad Social. Entrá a la nota y conocé el paso a paso.

Jubilados ANSES.

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Es importante tener en cuenta la reciente ley de moratoria previsional que establece un plan de pago previsional para las personas que tienen la edad para acceder la jubilación pero no poseen 30 años de aportes.

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Jubilados ANSES.

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ANSES: ¿cómo iniciar mi jubilación?

El trámite de jubilación se puede realizar a partir de lo 60, en el caso de las mujeres, y a los 65 años, en el caso de los hombres. Para esto la persona se debe acercar a una de las oficinas de ANSES, sin turno, y recibir asesoramiento para iniciar el trámite.

¿Cuáles son los requisitos?

Para poder iniciar la jubilación, se deben reunir los siguientes requisitos:

  • 60 años de edad en caso de las mujeres o 65 años en el caso de los varones.
  • 30 años de aportes registrados.
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Jubilados ANSES.

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Moratoria previsional ANSES: requisitos para jubilarme sin aportes

  • Residir en el país.
  • No estar inscripto en un contrato en relación de dependencia, ni ser monotributista en el período por el cual se pretende adquirir la Unidad de pago de la deuda previsional.

¿Quiénes pueden jubilarse?

Podrán jubilarse los que pertenezcan a alguno de los siguientes grupos:

  • Hombres de 65 años que no tengan aportes suficientes.
  • Mujeres de 60 años que no cuenten con los aportes.
  • Mujeres de 50 a 59 años en situación laboral que no lleguen a los 30 años de aporte jubilatorios
  • Hombres de 55 a 64 años que sean trabajadores activos y que no tengan la cantidad de aportes necesarios.
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Moratoria previsional: cuáles son las nuevas medidas para adquirirla

A diferencia de la Moratoria ley 26.970, el nuevo "Plan de Pago de Deuda Previsional" consta de dos partes:

  • La primera plantea un pago para que los beneficiarios puedan regularizar en 120 cuotas, cuyos montos serán descontados de forma directa de los haberes jubilatorios que perciba la persona.
  • En segundo lugar, las personas que estén cerca de la edad de jubilarse pero no tengan la cantidad de aportes, podrán anticiparse a la fecha y tendrán la posibilidad de comenzar a abonar los períodos faltantes hasta el 31 de marzo de 2012.

El medio de pago, a diferencia de las anteriores moratorias que eran hasta 60 cuotas, la nueva moratoria podrá ser abonada hasta en 120 cuotas. Se descontará del haber en un plazo de 10 años como máximo. El esquema dependerá de cada jubilado.

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