El Código Único de Identificación Laboral (CUIL) es el código que un trabajador obtiene al comienzo de su actividad de trabajo en relación de dependencia. Además, también se utiliza para cobrar prestaciones sociales que brinda la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) y para realizar diversos trámites en otras entidades.
ANSES: cómo sacar el CUIL por primera vez
El trámite se puede hacer de manera virtual o presencial, ya que se puede gestionar sin turno previo en cualquier delegación de la ANSES. Conocé más.
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Las personas van a poder realizar el trámite para la asignación del CUIL ante cualquier delegación de ANSES, ya sea por cuenta propia o a través de un tercero. Cada vez que se necesite una constancia podrás obtenerla a través de la página oficial.
El CUIL está formado por un prefijo de dos números: el Documento Nacional de Identidad (DNI) y un dígito verificador que lo hace único e intransferible.
Cómo sacar mi constancia de CUIL
Para saber tu número de CUIL y podér sacar la constancia digital deberás seguir los siguientes pasos:
- Entrar a la página oficial de ANSES y seleccionar "constancia de CUIL".
- Deberás llenar el formulario con los siguientes datos personales: tipo de documento, número de documento, nombre, apellido, sexo y fecha de nacimiento.
- Hacé click en "Consultar". De esta manera se va a generar la constancia y vas a poder descargarla como PDF para imprimir.
Qué documentación se necesita para obtener CUIL A
Argentinos
Mayores de 18 años:
- DNI,
Menores de 18 años:
- Partida de nacimiento.
- DNI.
- DNI de los padres.
Extranjeros
Mayores de 18 años:
- DNI para extranjero/naturalizado.
Si aún no tiene DNI:
- Expediente de migraciones donde conste el tipo de residencia vigente y el ingreso al país.
- Pasaporte en el que conste tipo de residencia, la cual no debe ser turista o permanente.
- Permiso de ingreso al país expedido por Consulados o en virtud de Convenios Internacionales.
Menores de 18 años:
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Partida de nacimiento con la información del menor y los padres. Si fue emitida en el extranjero debe estar legalizada o apostillada y si no está en español debe ser traducida. Las partidas de nacimiento de Italia, España, Portugal, Grecia, Chile, Colombia, Brasil, Perú, Paraguay y Uruguay quedan exceptuadas del visado, traducción y legalización y apostilla.
DNI del hijo y de los padres.
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