La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) dictaminó meses atrás que el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) deberá otorgar la pensión de viudez a todas las concubinas que acrediten su relación con un trabajador o pensionado fallecido, sin importar que existan varias al mismo tiempo.
La Suprema Corte dictamina que el IMSS está obligado a entregarle dinero a todas las concubinas de un pensionado fallecido
Esta resolución, emitida meses atrás, deja atrás decenas de conflictos que se habían generado tras la muerte de pensionados con más de una concubina.
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IMSS debe entregar pensiones a todas las concubinas de un fallecido.
La resolución fue tomada por la Segunda Sala del máximo tribunal del país, que consideró inconstitucional el artículo de la Ley del Seguro Social que negaba el beneficio cuando la persona asegurada mantenía más de una relación de concubinato. Según los ministros, esta restricción vulnera los derechos a la seguridad social y a la protección de la familia, al imponer un modelo de vida que no refleja la realidad social mexicana.
La Suprema Corte reconoce nuevos modelos de familia
En su decisión, aprobada el 14de febrero de 2024, la Suprema Corte subrayó que no existe una justificación válida para negar la pensión a más de una concubina si todas acreditan legalmente su relación con el fallecido.
Por ello, cuando varias mujeres se presenten como beneficiarias, la autoridad administrativa deberá comprobar la autenticidad del vínculo y, en caso de acreditarse, dividir el monto de la pensión entre todas las concurrentes.
El fallo, derivado del amparo en revisión 505/2023, fue elaborado por la ministra Lenia Batres Guadarrama y aprobado por mayoría de cuatro votos, con la única oposición del ministro Alberto Pérez Dayán.
Implicaciones para el IMSS y el sistema de pensiones
Con esta resolución, el IMSS debió ajustar sus criterios internos para reconocer a múltiples beneficiarias en los casos donde existan pruebas de convivencia y dependencia económica. La decisión marcó un precedente relevante, al ampliar la interpretación de los derechos familiares en materia de seguridad social y reconocer la diversidad de estructuras familiares en México.
El fallo sirvió como criterio de referencia obligatoria para tribunales y autoridades que enfrenten casos similares, consolidando una visión más incluyente y moderna de la familia mexicana.
La Suprema Corte obliga al IMSS a darle el 90% de la pensión a los padres de un pensionado fallecido
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) definió que el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) deberá otorgar el 90% de la pensión a los padres de un trabajador fallecido cuando estos sean dependientes económicos y no existan otros beneficiarios como cónyuge, concubina o hijos.
La Segunda Sala del máximo tribunal determinó que la Ley del Seguro Social de 1973 viola el derecho a la igualdad al establecer porcentajes distintos para calcular las pensiones según el parentesco con el asegurado.
La decisión se tomó de forma unánime en la sesión del 29 de noviembre de 2023, bajo la ponencia del ministro Alberto Pérez Dayán, en el amparo en revisión 252/2023.




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