El Servicio de Administración Tributaria (SAT) en México implementa constantemente diversas estrategias para asegurar el cumplimiento de las obligaciones fiscales por parte de los contribuyentes.
Multas masivas del SAT para todos los mexicanos que realicen estas transferencias bancarias
El organismo fiscal mexicano intensificará la vigilancia sobre ciertos movimientos bancarios específicos, los cuales, de no cumplir con la normativa, podrían generar graves sanciones económicas a los usuarios.
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SAT impone las multas masivas.
Una de las áreas de mayor escrutinio es la actividad bancaria, pues las transferencias y depósitos son movimientos que, bajo ciertas condiciones y montos, deben ser debidamente reportados y justificados ante la autoridad hacendaria.
En esta ocasión, se informó acerca de una noticia que podrá generar debate: los préstamos de dinero entre familiares o amigos deben declararse.
Checa esta información clave del SAT.
SAT: transferencias que debes declarar
Las autoridades de regulación han aclarado que los financiamientos pactados entre individuos que igualen o excedan los 600,000 pesos tienen que ser notificados a la autoridad fiscal. Esto se debe a que este tipo de operaciones son vistas como incrementos en el patrimonio de la persona que los recibe, considerándose, por tanto, como ingresos.
Es fundamental que la persona que recibe la transferencia sea capaz de comprobar la procedencia de esos recursos. En caso de no poder demostrar el origen lícito de los fondos, se podría imponer una multa considerable.
Según lo estipulado por el Servicio de Administración Tributaria (SAT), los contribuyentes mexicanos están obligados a declarar ante la instancia federal los préstamos, las aportaciones o los aumentos de capital que hayan sido recibidos en efectivo, ya sea en pesos mexicanos o en divisa extranjera, siempre y cuando su monto supere la cantidad límite fijada.
Esta obligación se encuentra respaldada legalmente, conforme a lo establecido en el artículo 81 del Código Fiscal de la Federación (CFF).
SAT: cuándo multa por transferencias
Los contribuyentes que omitan registrar estas transacciones dentro de su declaración anual se exponen a posibles sanciones. Las multas pueden partir desde los 35,000 pesos, e incluso podrían ascender a cifras mayores dependiendo de la particularidad del caso.
Es importante destacar que la sanción únicamente se aplicará en el supuesto de que el contribuyente carezca de los comprobantes necesarios que demuestren que esos recursos económicos no representan un ingreso extra no reportado. Esos documentos de soporte deben adjuntarse a la declaración fiscal pertinente.
Un punto clave que todos los usuarios deben tener presente es que existe un tope máximo de 15,000 pesos mensuales para la recepción de depósitos realizados en efectivo. En caso de que los ingresos por este medio sobrepasen dicho monto, la autoridad fiscal tiene la facultad de iniciar un proceso de revisión para descartar cualquier indicio de posible enriquecimiento ilícito.
SAT: cómo hacer una declaración
Las personas físicas, que incluyen tanto a los ciudadanos mexicanos como a los extranjeros que han establecido su residencia fiscal en México, tienen el deber de cumplir con esta gestión fiscal siempre que satisfagan determinadas condiciones estipuladas por la legislación.
A continuación, se especifican las situaciones bajo las cuales los contribuyentes tienen la obligación de presentar su declaración ante el SAT:
- Haber tenido dos o más patrones (empleadores) a lo largo del mismo periodo fiscal.
- Recibir ingresos acumulados en el año que superen los 400,000 pesos.
- Obtener salarios de compañías extranjeras que no efectúan la retención de impuestos correspondiente en territorio mexicano.
- Contar con ingresos provenientes de una jubilación o de una indemnización laboral.
- Ejercer actividades por cuenta propia y estar inscritos bajo el esquema de honorarios (es decir, prestar Servicios Profesionales).
- Generar ingresos a través del arrendamiento (renta) o la venta de bienes raíces (inmuebles).
- Realizar actividades empresariales, a menos que estén inscritos en el Régimen de Incorporación Fiscal (RIF).
- Recibir intereses reales cuyo valor sea superior a los 100,000 pesos durante el ejercicio fiscal.



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