En un pronunciamiento clave para el sistema judicial mexicano, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) reafirmó la vigencia y necesidad de la figura conocida como "acción de nulidad de juicio concluido". Este mecanismo legal permite reabrir y anular sentencias que, en teoría, ya eran definitivas, rompiendo con la "cosa juzgada" únicamente en escenarios donde se compruebe que el fallo fue producto de maniobras ilegales.
La Suprema Corte confirma que puede anular juicios que ya concluyeron a pesar del principio de cosa juzgada: en qué casos aplica
El Máximo Tribunal del país aclaró que, aunque la inmutabilidad de las sentencias es pilar de la seguridad jurídica, existen mecanismos extraordinarios para combatir resoluciones obtenidas mediante fraude, colusión o simulación de actos.
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Comunicado clave de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.
Si bien la Corte enfatizó su "respeto absoluto" al principio de cosa juzgada como garante de la certeza jurídica en el país, el Pleno determinó que esta protección no puede servir de escudo para convalidar actos fraudulentos que vulneren derechos de terceros.
¿Cuándo aplica la anulación?
De acuerdo con el análisis del Máximo Tribunal, sustentado tanto en el sistema normativo nacional (como el Código de Procedimientos Civiles para la Ciudad de México) como en el sistema interamericano, la nulidad procede cuando se acreditan vicios en el proceso de origen.
Los casos específicos señalados por la Corte incluyen:
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Existencia de colusión entre las partes litigantes.
Uso de maniobras fraudulentas para perjudicar a un tercero.
Sentencias sustentadas en pruebas falsas.
Utilización de mecanismos ilegales o actos jurídicos simulados.
El caso que detonó el debate: deuda mercantil vs. pensión alimenticia
El tema cobró relevancia tras la sesión del pasado 26 de noviembre de 2025, donde el Pleno analizó el Amparo Directo en Revisión 6585/2023. El caso involucra a una mujer que solicitó la nulidad de un juicio ejecutivo mercantil que ya había concluido. La demandante argumenta que dicho juicio fue una simulación: acusa que los demandados fabricaron una deuda y un litigio mercantil para aparentar un estado de insolvencia económica.
El objetivo de esta presunta simulación habría sido evadir el cumplimiento de obligaciones reales y prioritarias, específicamente, el pago de alimentos para sus hijos. La Corte ahora estudia si es procedente anular ese juicio mercantil, sentando un precedente importante sobre cómo los litigios comerciales no pueden utilizarse como herramientas para defraudar acreedores alimentarios.
Certeza jurídica sin impunidad
La SCJN fue enfática en comunicar que reconocer esta figura no pone en duda la garantía de la cosa juzgada. Por el contrario, busca depurar el sistema de justicia para que las sentencias "firmes" sean verdaderamente justas y no producto de engaños procesales.
"La cosa juzgada nunca ha sido objeto de cuestionamientos", señaló el tribunal, pero aclaró que el derecho a la seguridad jurídica no puede estar por encima de la verdad cuando existen actos fraudulentos probados.




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