La Organización Internacional del Trabajo (OIT) instó al gobierno a que avance en modificaciones a la ley de negociación colectiva vigente en Uruguay, la cual originó una queja de casi dos décadas por parte del empresariado y que llevó a que el país fuera incorporado en la "lista corta" del organismo.
El Ministerio de Trabajo y Seguridad Social (MTSS) está contra las cuerdas: frente a un auditorio repleto y durante la 114° Conferencia Internacional del Trabajo de la OIT, la Cámara de Industrias del Uruguay (CIU) recordó sobre la falta de respuesta a una queja presentada 17 años atrás ante el organismo; reclamo que está detrás de la incorporación del país en la denominada "lista corta" de 23 naciones bajo seguimiento de la Comisión de Aplicación de Normas ante incumplimiento de convenios laborales internacionales.
El problema es que esto ocurre cuando Uruguay asumió la presidencia de la OIT por primera vez tras 40 años, por lo que las miradas estás puestas en la conducción de la cartera, a cargo de Juan Castillo. Y ahora, la organización emitió una serie de recomendaciones a las que el gobierno deberá responder.
La OIT apunta a modificar la ley de negociación colectiva
Las recomendaciones son para todos los países que este año integraron la "lista negra" por sus incumplimientos, pero, en el caso de Uruguay, la Comisión de Aplicación de Normas de la OIT instó al gobierno a instrumentar modificaciones a la ley de negociación colectiva vigente —la cual fue aprobada en 2009—, que otorgó a los Consejos de Salarios la potestad de fijar ajustes de sueldos para todas las categorías del sector privado y también negociar condiciones de trabajo en los distintos grupos de actividad.
El organismo apunta a que el Poder Ejecutivo avance en las medidas legislativas necesarias para ello, particularmente en la modificación del artículo 12 de la ley 18.566, con el objetivo de "garantizar la plena conformidad de la legislación y la práctica con los principios de la negociación colectiva y con el convenio”.
En ese sentido, y ante "la persistencia de las observaciones formuladas", la OIT alentó a Uruguay a que "recurra a la asistencia técnica" y le pidió que "presente un informe sobre los progresos realizados a más tardar el 1° de setiembre de 2026”.
¿Cuál es el reclamo empresarial sobre las negociaciones colectivas tripartitas?
El reclamos de los empresarios frente a la OIT apuntó a la competencia de los Consejos de Salarios, a partir del fundamento de que estos deben limitarse a la fijación de los ajustes y dejar que el resto de las condiciones de trabajo se negocie de manera bipartita, libre y voluntaria.
Para justificar esa queja recurrieron al convenio internacional 98 sobre el derecho de sindicación y negociación colectiva, que en su artículo 4 señala que “deberán adoptarse las medidas adecuadas para estimular y fomentar entre los empleadores y empleados el pleno desarrollo y uso de procedimientos de negociación voluntaria, con el objeto de reglamentar, por medio de contratos colectivos, las condiciones de empleo”.
Esta situación, pese a no haber obtenido una respuesta precisas, ya había llevado a que Uruguay fuera incluido en la "lista corta" en 2019, evento que volvió a repetirse este año.