12 de abril 2023 - 20:06

Ley de personería jurídica: ¿cuáles son los cambios que habrá para las empresas?

El Senado aprobó el proyecto que establece un registro de Organizaciones de Trabajadores y Empleadores ante en el Ministerio de Trabajo.

El proyecto de ley fue impulsado por el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social.

El proyecto de ley fue impulsado por el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social.

Foto: Pexels

El Senado aprobó este martes, con votos de los representantes de la Coalición Multicolor, el proyecto de ley de personería jurídica, que establece la creación de un registro de Organizaciones de Trabajadores y Empleadores ante el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social (MTSS).

El proyecto de cuatro artículos impulsado por el propio MTSS ya había sido votado a finales de 2021 en la Cámara de Diputados. Durante la sesión de hoy, senadores de Cabildo Abierto presentaron dos aditivos referidos a la eliminación del descuento automático de la cuota sindical, y el voto secreto de los sindicatos, que no fueron tenidos en cuenta por el cuerpo.

Esta ley, titulada “Personería Jurídica de Organizaciones Profesionales”, impondrá un cambio "estructural" en lo referido a "las relaciones laborales colectivas a favor de la responsabilidad y transparencia”, ya que en el actual régimen vigente "los sindicatos y las cámaras empresariales pueden relacionarse entre sí y con terceros, sin necesidad de tener una personería jurídica", según informó Pérez del Castillo & Asociados.

En el plano civil, "la falta de personería impide concertar negocios jurídicos, como arrendar un local o abrir una cuenta bancaria", algo que genera que sean los propios dirigentes los que conciertan negocios jurídicos a título personal". Según el abogado, Matías Pérez del Castillo, dentro de los sindicatos "es común que reciban en sus cuentas personales las cuotas sociales de los afiliados del gremio".

  • Deberán seguir reteniendo la cuota sindical de los trabajadores afiliados y vertiéndola a la cuenta del sindicato.
  • Podrán intercambiar información “necesaria” en el marco de la negociación colectiva.
  • Podrán concertar negocios civiles y reclamarles directamente la indemnización de daños y perjuicios generados por medidas ilegítimas.

¿Cómo deberán actuar las empresas frente a sindicatos sin personería jurídica?

  • No quedan obligadas a retener ni verter la cuota sindical de sus afiliados.
  • No quedan obligadas a entregar información “necesaria” durante negociaciones, y la opción de concertar negocios y de reclamar judicialmente la indemnización de daños, ha de valorarse en relación a personas físicas.

Qué establece la nueva ley, según Pérez del Castillo

  • La ley establece que la obtención de la personería jurídica es facultativa. A la luz de los principios de la OIT (Organización Internacional del Trabajo), ello es adecuado, porque previene el riesgo de que una exigencia en ese aspecto pueda operar como un obstáculo a la actividad gremial
  • Solo las organizaciones con personería jurídica serán capaces de derechos y obligaciones en los términos del art. 21 del Código Civil, y podrán comparecer en juicio y celebrar cualquier tipo de actos y contratos (a excepción de aquellos propios de las personas físicas, o los que suponen el ejercicio de actividades sujetas a autorizaciones especiales).
  • Solo las organizaciones con personería jurídica podrán obligar a recibir información necesaria en el marco de la negociación colectiva (Ley Nº 18.566), y en el caso de sindicatos, solo los que tengan personería podrán exigir al empleador la retención y depósito de la cuota sindical de sus afiliados (Ley Nº 17.940).
  • Para conceder la personería se exigen una serie de requisitos que deben acreditarse ante el MTSS mediante un trámite sencillo y sumario, que asegura procedimientos eficaces que no se constituyan en impedimentos.
  • Se prevé un plazo de transitoriedad de 180 días desde la promulgación de la ley, para que las organizaciones profesionales puedan obtener la personería jurídica sin verse afectados por las nuevas reglas.

El PIT-CNT ve la ley de personería jurídica como "un ataque antisindical"

Para el secretariado ejecutivo del PIT-CNT la ley de personería jurídica se da en un contexto de “importante ataque antisindical tanto en el sector público como en el sector privado”.

Según la central sindical, el texto que aprobó el parlamento está alineado a los parámetros de la OIT “que establece que los gobiernos tienen la obligación de respetar la independencia de los sindicatos con respecto al Estado, las patronales y los partidos políticos".

No obstante, señalan que es “asimétrico”, al generar solamente “obligaciones para los sindicatos”, pero no para “la persona gremial de los empresarios”, ni establecer sanciones cuando "una cámara empresarial no cumpla con el criterio de brindar la información necesaria para promover la negociación colectiva".

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