Por medio de la Comunicación “A” 7994/2024 del Banco Central (BCRA) y publicada este lunes en el Boletín Oficial, se oficializaron cambios relacionados con operaciones financieras y cambios en el mercado exterior.
Según el texto oficial, esto permite a los exportadores utilizar los cobros de sus exportaciones para pagar endeudamientos financieros con el exterior bajo ciertas condiciones.
Por medio de la Comunicación “A” 7994/2024 del Banco Central (BCRA) y publicada este lunes en el Boletín Oficial, se oficializaron cambios relacionados con operaciones financieras y cambios en el mercado exterior.
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En ese contexto, se incorpora un nuevo punto a las normas de "Exterior y cambios". Este punto establece que, a partir del 19 de abril de 2024, los exportadores podrán utilizar los cobros de sus exportaciones de bienes y servicios para pagar el capital e intereses de endeudamientos financieros con el exterior, siempre que se cumplan las siguientes condiciones:
Según el texto oficial, esto permite a los exportadores utilizar los cobros de sus exportaciones para pagar endeudamientos financieros con el exterior bajo ciertas condiciones.
Asimismo, permiten a las entidades financieras locales precancelar endeudamientos financieros con el exterior mediante la liquidación de nuevos endeudamientos a partir de líneas de crédito del exterior, también bajo ciertas condiciones.
Es importante destacar que el BCRA ha informado que posteriormente se remitirán las hojas que deben incorporarse a las normas de "Exterior y cambios" para reflejar estas nuevas disposiciones.
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