En virtud de los Expedientes Electrónicos (EX) vinculados a la consulta de clasificación arancelaria en la Nomenclatura Común del MERCOSUR (NCM) para ciertas mercaderías, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) delineó ciertos Criterios de Clasificación (del 16/24 al 30/24) con la participación de las áreas técnicas especializadas.
El proceso de clasificación arancelaria se ha ejecutado conforme al protocolo establecido por la Resolución General Nº 1.618, buscando consolidar las consultas sobre la clasificación arancelaria de las mercancías mencionadas en un único acto resolutivo.
Destacando la participación activa de la Dirección de Legislación y las Subdirecciones Generales de Asuntos Jurídicos y Técnico Legal Aduanera, esta medida adopta la forma de resolución general, siguiendo las pautas establecidas por la Disposición N.º 199 (AFIP) del 17 de octubre de 2022.
En ejercicio de las facultades conferidas por los artículos 4° y 7° del Decreto N° 618 del 10 de julio de 1997, sus modificatorios y sus complementarios, y en virtud de la delegación dispuesta por la Disposición N° 204 (AFIP) del 2 de agosto de 2017, la resolución asigna a las mercaderías posiciones específicas en las Posiciones Arancelarias de la NCM.
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