30 de abril 2020 - 00:00

El Gobierno descarta una prórroga a la repatriación de capitales

Si bien el decreto 330 prorrogó hasta este jueves la última fecha para el ingreso de fondos para el período fiscal 2019, no habría una nueva prórroga.

No se renovará la prórroga para repatriar capitales.

No se renovará la prórroga para repatriar capitales.

Imagen: Noticias Argentinas

El Gobierno descarta el prorrogar la fecha límite del 30 de abril para efectuar la repatriación de activos con el objeto de evitar la aplicación de la alícuota adicional del impuesto sobre los Bienes Personales, según señalaron a Ámbito fuentes de la Casa Rosada.

Cabe recordar que el Decreto 330 prorrogó hasta este jueves la última fecha para el ingreso de fondos para el período fiscal 2019. La repatriación es respecto a las tenencias de moneda extranjera en el exterior y a los montos que se generaron resultado de los activos financieros pertenecientes a las personas humanas domiciliadas en el país.

La alícuota adicional no se aplicará a quienes hubieren repatriado activos financieros por el equivalente de 5% del total del valor de los bienes situados en el exterior.

Las normas contemplan que este beneficio se mantendrá en la medida que esos fondos permanezcan depositados hasta el 31 de diciembre próximo en cuentas en entidades financieras locales.

Sin embargo, en medios de los contadores se comenta que muchos de sus clientes han tenido dificultades para para la apertura de estas cuentas. Al respecto, la Federación Argentina de Graduados en Ciencias Económicas solicitó a la AFIP que disponga una prórroga en el plazo previsto para efectuar la repatriación de activos.

“Los bancos están siendo muy rígidos en la aplicación de la norma”, señalan entre los profesionales en ciencias económicas. Por ejemplo, comentan que contribuyentes que quisieron ingresar divisas originadas en fondos comunes declarados en el exterior pero que no le fueron aceptados por los bancos por “no provenir de una cuenta personal del contribuyente”. A esta situación se agrega las dificultades operativas que se presentan en el mercado local por las restricciones para operar en medio de la pandemia que lógicamente también ocurre en el exterior, contribuyen a complicar los giros.

Otro ejemplo, para depositar los fondos a repatriar era necesario abrir una cuenta de manera personal, situación que se complicó cuando se declaró la pandemia. Recién hace unas pocas semanas atrás se permitió el trámite virtual.

“Los bancos no simplifican la apertura de estas cuentas y se ciñen estrictamente a las disposiciones del BCRA para abrir una nueva cuenta”, explican los contadores.

En tanto, desde el Banco Central consultado por Ámbito explican que la norma que dicto entidad para la creación de las cuentas destinada a la repatriación de fondos está vigente y que la autoridad monetaria no ha recibido ninguna duda o queja al respecto.

En estos términos, vencido el plazo de este jueves, los contribuyentes que no ingresaron fondos del exterior deberán pagar el próximo 6 de mayo una alícuota diferencial que varía según el monto de las tenencias declaradas fuera del país.

El resultado será que el Estado recibirá más pesos por esta sobretasa, pero a costa de un menor ingreso de divisas que podrían haber engrosado las reservas del Banco Central.

Además, al no reglamentar otros destinos para este impuesto, como por ejemplo, invertirlos en fondos para la construcción, el gobierno se perdió que haya un mayor incentivo a repatriar capitales.

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