20 de julio 2023 - 16:40

ANSES: la libreta de AUH puede presentarse sin turno previo

ANSES ofrece esta posibilidad a todos los beneficiarios de AUH para evitar complicaciones y trámites largos. Además, conocé el paso a paso para descargarla.

Libreta AUH. 

Libreta AUH. 

Con su presentación, las familias acreditan el cumplimiento de los controles de salud, vacunación y educación de las niñas, niños y adolescentes. A su vez, se habilita el cobro del 20 por ciento del complemento acumulado durante el año anterior. El trámite debe realizarse todos los años y hay tiempo para presentarlo antes del último día hábil de diciembre.

ANSES
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Libreta AUH ANSES: ¿cómo realizar el trámite?

  • Descargar el formulario Libreta (PS.1.47) desde el sitio oficinal del organismo, mi ANSES, con la Clave de la Seguridad Social.
  • Imprimirlo o retirarlo en la oficina de ANSES más cercana al domicilio.
  • Llevarlo al centro de salud y a la escuela para que sea cumplimentado y firmado.
  • Presentarlo completo junto al DNI del titular y grupo familiar en una oficina de ANSES.

En caso de que este año ya se haya presentado la Libreta, no es necesario volver a hacer el trámite.

ANSES: cómo consultar el estado de la Libreta AUH

El estado de la Libreta AUH se puede consultar de dos formas: por la web o por teléfono.

Por la web

  • Ir a la página anses.gob.ar
  • En la sección “Consulta aquí el estado de tu libreta/Información sobre Libreta Nacional de Seguridad Social, Salud y Educación”, hacer click.

Por teléfono

Se puede llamar al 130, así como también se puede enviar un mensaje de texto al número 26737 con la palabra LIBRETA, un espacio y el número de documento del NIÑO/ADOLESCENTE, un espacio, seguido de la letra F (si es mujer), o M (si es varón).

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¿Qué pasa si no entrego la libreta antes del 31 de diciembre?

El organismo previsional aclaró que no suspende el pago de la asignación, es decir, el 80% del total de la asignación, por incumplimiento de la entrega de la Libreta AUH. Sin embargo, el titular pierde la posibilidad de cobrar el 20% retenido del año anterior.

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