23 de agosto 2026 - 18:00

ANSES depositará hasta $300.000 por 12 meses a un grupo de beneficiarios

Ciertos trabajadores pueden acceder a este beneficio durante un año, con un importe mensual que varía según sus aportes y su situación laboral.

El monto se calcula sobre los ingresos previos y tiene límites que se actualizan según el salario mínimo.

El monto se calcula sobre los ingresos previos y tiene límites que se actualizan según el salario mínimo.

ANSES

La Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) tiene previsto un pago mensual, que puede alcanzar los $300.000 y extenderse durante un año para un grupo de personas que cumplan determinadas condiciones. El beneficio está destinado a quienes atravesaron una situación vinculada con su empleo y quedaron sin ingresos laborales.

El programa es la Prestación por Desempleo para trabajadores en relación de dependencia, que perdieron su puesto por causas ajenas a su voluntad. El beneficio contempla despidos sin causa, finalizaciones de contratos y otras situaciones previstas por la normativa laboral. El valor que recibe cada persona depende de la remuneración que tenía antes de quedar sin trabajo y de los aportes registrados durante los últimos años.

¿Quiénes pueden cobrar el seguro por desempleo en 2026?

La Prestación por Desempleo está dirigida a trabajadores registrados que se encontraban bajo relación de dependencia y quedaron sin trabajo por una causa que no dependió de su decisión. Entre las situaciones contempladas se encuentran el despido sin justa causa, la finalización de un contrato y determinados casos de quiebra o cierre.

Para acceder, no alcanza con haber perdido el trabajo. La persona tiene que acreditar un período mínimo de actividad con aportes y encontrarse en una situación legal de desempleo. El requisito cambia según el tipo de contratación que tenía antes del cese. En el caso de los trabajadores permanentes, se exige haber trabajado al menos seis meses con aportes durante los tres años anteriores al despido o a la finalización de la relación laboral.

Para los trabajadores eventuales o de temporada, deben registrarse menos de 12 meses trabajados durante los últimos tres años y más de 90 días durante el año anterior al fin del vínculo. También existe un régimen para trabajadores de la construcción, que contempla al menos ocho meses de trabajo con aportes durante los dos años anteriores al despido o fin de la obra.

Requisitos para trabajadores permanentes y eventuales

La diferencia entre las modalidades de contratación es importante porque determina qué período de aportes debe acreditar cada persona. Los trabajadores permanentes deben contar con seis meses de aportes dentro de los tres años anteriores al momento en que se produjo el despido o terminó el contrato. La relación laboral debe haber finalizado por una causa contemplada para acceder al beneficio.

Quienes tenían empleos eventuales o de temporada deben demostrar más de 90 días trabajados durante los 12 meses anteriores al cese y, al mismo tiempo, menos de 12 meses de actividad dentro de los tres años previos. La duración de los pagos se determina de acuerdo con el tiempo trabajado y los aportes acumulados. El esquema puede llegar hasta 12 cuotas mensuales.

Monto máximo y mínimo: ¿cuánto se cobra por mes?

El monto no es igual para todos los beneficiarios. Para calcularlo, ANSES toma como referencia el 75% de la mejor remuneración neta mensual, normal y habitual registrada durante los últimos seis meses de actividad. Sobre ese cálculo se aplican los límites vigentes. Desde el 1° de agosto, la Prestación por Desempleo tiene un piso de $188.300 y un techo de $376.600 mensuales. La duración también influye en el total que puede recibir una persona. El beneficio puede otorgarse entre dos y 12 cuotas, según los meses trabajados y los aportes registrados antes de la desvinculación.

El dinero se deposita mediante una Cuenta de la Seguridad Social. ANSES puede gestionar la apertura de esa cuenta cuando se aprueba la prestación. Si el beneficiario ya tiene una cuenta bancaria donde recibe otra prestación del organismo, el pago puede acreditarse ahí.

Documentación necesaria según el tipo de despido

Para iniciar la solicitud se debe presentar el DNI, junto con los documentos que permitan demostrar cómo terminó la relación laboral. La documentación cambia según el motivo de la desvinculación. En un despido sin justa causa, se puede presentar el telegrama o la carta documento que comunica la desvinculación, o una nota de despido firmada y certificada por el empleador. Si la empresa atravesó una quiebra o concurso preventivo, pueden solicitarse una sentencia de quiebra autenticada, el telegrama de despido o la publicación correspondiente en el Boletín Oficial.

Cuando el trabajador se considera despedido por una causa justa, debe presentar los telegramas de intimación y de desvinculación enviados al empleador. Si el contrato era a plazo fijo y llegó a su vencimiento, corresponde adjuntar una copia del contrato laboral. También existen otros requisitos si falleció un empleador unipersonal. En ese caso se solicita una copia certificada del acta de defunción.

Si la relación laboral terminó mientras el trabajador atravesaba una enfermedad o un accidente, puede requerirse un certificado médico que acredite que está en condiciones de ocupar un puesto acorde con su situación. El trámite puede hacerse online mediante Atención Virtual de ANSES, con CUIL y Clave de la Seguridad Social, o de manera presencial en una oficina del organismo con turno previo.

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