La Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) anunció cambios en la Asignación por Embarazo para Protección Social (AUE), una prestación destinada a personas gestantes que se encuentran desempleadas o trabajan en la informalidad. La medida modifica uno de los trámites necesarios para acceder al dinero acumulado durante el embarazo.
La decisión simplifica la acreditación de los controles médicos exigidos para cobrar el porcentaje retenido. Los montos de la asignación no cambian, pero parte de la información comenzará a verificarse directamente entre organismos públicos.
Si los controles médicos ya están registrados, no hará falta llevar certificados a una oficina de ANSES.
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¿Qué cambio implementó la ANSES para las beneficiarias de la Asignación por Embarazo?
El ANSES comenzará a verificar automáticamente los controles médicos de quienes reciben la Asignación por Embarazo. Cuando el organismo cuente con la información necesaria, ya no será necesario presentar certificados en papel para demostrar el cumplimiento de ese requisito.
Hasta ahora, una vez finalizado el embarazo, las titulares debían completar el formulario PS 2.10 y solicitar un turno para entregarlo en una oficina. Ese documento servía para acreditar los controles de salud realizados durante la gestación y acceder al porcentaje del beneficio que había quedado pendiente.
Con la modificación, los datos llegarán directamente desde el Ministerio de Salud mediante un intercambio de información entre ambos organismos. Si los registros están completos, ANSES podrá realizar la comprobación sin una presentación presencial.
El formulario seguirá siendo necesario cuando falten datos médicos o exista algún inconveniente con la información registrada. En esos casos, las titulares podrán presentar la documentación para demostrar que cumplieron con los controles exigidos.
Fecha de inicio: desde cuándo entra en vigencia el nuevo trámite
El cambio comenzará a aplicarse el 1° de noviembre de 2026, de acuerdo con la Resolución 297/2026, publicada el 15 de octubre en el Boletín Oficial. La normativa establece que el procedimiento alcanzará a las Asignaciones por Embarazo puestas al pago desde esa fecha.
El Ministerio de Salud enviará la información mensualmente y el ANSES la utilizará para comprobar los controles realizados durante la gestación. Así, no será necesario volver a presentar certificados que ya se encuentren registrados oficialmente.
El mecanismo es similar al previsto para la Asignación Universal por Hijo (AUH), donde determinados requisitos también pueden verificarse mediante el intercambio de datos entre organismos públicos.
Desde noviembre, ANSES empezará a recibir los datos médicos directamente del Ministerio de Salud para facilitar el trámite.
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Cómo afecta la medida a la acreditación de controles médicos y al cobro del 20% retenido
Durante la gestación, las beneficiarias de la Asignación por Embarazo reciben mensualmente el 80% del monto correspondiente. El 20% restante se acumula y se paga después de finalizado el embarazo.
Para cobrar esa suma es necesario acreditar tanto la finalización de la gestación como el cumplimiento de los controles médicos establecidos. Hasta ahora, esa comprobación requería presentar el formulario PS 2.10 junto con la documentación correspondiente dentro de los 12 meses posteriores.
Con el nuevo procedimiento, los controles de salud podrán comprobarse a partir de los datos enviados por el Ministerio de Salud. Las titulares cuya información esté correctamente registrada no tendrán que realizar una presentación presencial para acreditar ese punto.
El 20% retenido no se elimina ni se adelanta durante el embarazo. El cambio afecta únicamente la forma de verificar los controles médicos necesarios para acceder al pago una vez finalizada la gestación.
Si los datos sanitarios no están disponibles o existe un error en los registros, se podrán presentar los certificados y comprobantes requeridos ante el ANSES.
Requisitos clave para mantener el beneficio y cobrar la AUE sin demoras
Las condiciones generales para acceder a la Asignación por Embarazo se mantienen. La prestación puede solicitarse desde las 12 semanas de gestación y está dirigida, entre otras personas, a mujeres desocupadas, trabajadoras informales con ingresos inferiores al salario mínimo, monotributistas sociales y empleadas de casas particulares.
También se requiere DNI y residencia en Argentina. En el caso de las personas extranjeras, se exige una residencia mínima de tres años en el país. Otro requisito es la inscripción en el Programa Sumar+, salvo las excepciones previstas para determinadas situaciones laborales y de cobertura médica.
La verificación automática tampoco reemplaza los controles prenatales. Las titulares deberán continuar con el seguimiento médico correspondiente, ya que su cumplimiento sigue siendo necesario para cobrar el porcentaje acumulado.
La acreditación de la finalización del embarazo también continuará siendo obligatoria. Si el ANSES no recibe los datos médicos necesarios para comprobar los controles, la titular podrá presentar la documentación correspondiente ante el organismo.