El Juzgado Nacional en lo Civil N°7 de la Ciudad de Buenos Aires emitió un fallo histórico al reconocer a una pareja poliamorosa y autorizar la inscripción de un bebé con dos papás y una mamá. "Triple filiación por poliamor" fue la denominación de resolución mediante la cual la pareja consiguió el objetivo que tanto anhelaba, aunque aún el fallo no está firme.
Todo comenzó con dos hombres convivientes que querían tener un hijo, pero sin recurrir a la adopción o a la gestación por subrogación. Fue así que pensaron en el modelo de la coparentalidad, es decir, formando una familia con una mujer con el mismo deseo filial que ellos. Así, como explica el fallo, ese hijo "fue procreado en laboratorio uniendo el gameto de uno de los hombres y el de la mujer" pero buscado por dos papás y una mamá.
Cuando comenzaron a buscar a la futura mamá de su hijo, ninguna amiga ni conocida de la pareja se sumó a la propuesta por lo que crearon una página web para encontrarla. Finalmente la iniciativa dio sus frutos: encontraron a una mujer y tuvieron conversaciones por WhatsApp, videollamadas y encuentros presenciales con ella hasta que le llevaron el caso a la jueza Myriam Cataldi.
Finalmente, la magistrada dio lugar a su demanda y declaró la inconstitucionalidad del último párrafo del artículo 558 del Código Civil, porque cree que quebranta los derechos de la Constitución Nacional y los tratados internacionales de derechos humanos. Sin embargo, el Registro Civil, el Defensor de los Menores y la fiscalía se opusieron a la solicitud.
Cataldi argumentó su decisión con el "derecho a conformar una familia en términos diversos y plurales" y con el "derecho a la no discriminación por la triple filiación o poliamor filiatorio". Además, la magistrada añadió que, en la Convención Americana, la Corte señaló que "no se encuentra determinado un concepto cerrado de familia".
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