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Escribanos bonaerenses deberán informar cómo proteger la vivienda familiar frente a deudas

En cada operación sobre un inmueble destinado a vivienda, deberán explicar el régimen de protección del Código Civil y Comercial y ofrecer la posibilidad de tramitarlo en el mismo acto. Si el titular se niega, quedará constancia.

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Archivo. La norma fue sancionada por la Legislatura el 29 de septiembre.

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El Gobierno bonaerense promulgó hoy la ley que obliga a los escribanos a informar sobre el régimen de protección de la vivienda familiar en cada operación que involucre un inmueble destinado a vivienda, a partir de su publicación este miércoles en el Boletín Oficial. La norma, que modifica la Ley Notarial bonaerense (Decreto-Ley 9.020/78), había sido sancionada por la Legislatura el 29 de septiembre.

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La ley incorpora un nuevo deber al artículo 35 de la normativa notarial. Cuando su actuación involucre una vivienda, el escribano deberá informar sobre el régimen de protección previsto en el artículo 244 y siguientes del Código Civil y Comercial de la Nación, que permite resguardar el inmueble frente a acreedores. También deberá informar la posibilidad de tramitar esa afectación en forma gratuita ante las autoridades públicas o de constituirla en el mismo acto con su intervención.

Los cambios en las operaciones de inmuebles destinados a vivienda

Si el titular decide no hacerlo, el notario deberá dejar constancia en la actuación de que cumplió con el deber de informar y de la decisión del interesado.

Además, la norma dispone que el Registro de la Propiedad Inmueble de la Provincia, como organismo encargado de inscribir la afectación, deberá dar la mayor difusión posible a las características del régimen, a quiénes pueden solicitarlo y beneficiarse, y a la posibilidad de tramitarlo gratis. También deberá publicar cada año estadísticas sobre la evolución de las inscripciones.

La iniciativa fue impulsada por el senador de Fuerza Patria Marcelo Feliú, de Bahía Blanca, que como diputado había sido autor de la Ley 14.432 de protección de la vivienda única, sancionada en 2011. El proyecto obtuvo media sanción en el Senado a mediados de septiembre y fue convertido en ley por Diputados el 29 de ese mes. Según sus fundamentos, iniciativas similares habían sido aprobadas por Diputados en 2011 y reproducidas en distintos períodos, sin llegar a sancionarse.

“El objetivo es fortalecer la protección de la vivienda frente a las dificultades económicas y preservar ese inmueble como parte esencial del patrimonio de las personas y sus familias”, sostuvo Feliú en los fundamentos. Al presentar la propuesta, el legislador había advertido que “muchas ejecuciones de inmuebles de habitación familiar fueron posibles por el desconocimiento de este derecho”.

La norma se publicó en la misma edición del Boletín Oficial que la Ley 15.638, impulsada por el senador Pedro Borgini, que modifica la ley de vivienda única y establece que la renuncia a la inembargabilidad solo podrá hacerse ante escribano.

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