Tres alternativas para emigrar a España sin tener la ciudadanía

Para ingresar a España sin ciudadanía solo se puede permanecer por 90 días, sin embargo, hay algunas formas que son la excepción a la regla. Conocé cuáles son.

Emigrar a España sin ciudadanía es posible.

Emigrar a España sin ciudadanía es posible.

España es uno de los destinos más elegidos por los argentinos para emigrar. Los profundos lazos históricos y culturales entre España y Argentina son una conexión que une a ambas naciones. La similitud en el idioma y en las tradiciones facilita la integración de los argentinos en la sociedad española y reduce las barreras de comunicación, lo que hace que el proceso de adaptación sea más sencillo.

España ha experimentado un repunte económico en los últimos años después de una crisis financiera, lo que ha generado nuevas oportunidades laborales para inmigrantes en diversas industrias. Para los argentinos, esto representa una oportunidad de empleo y una mayor estabilidad económica en comparación con la situación en el país.

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Viajes al exterior.

Viajes al exterior.

En este marco, es bueno remarcar que España cuenta con algunas leyes que pueden facilitar la llegada de inmigrantes. El ejemplo más común es la Ley de Nietos, que se trata de una de las normativas más utilizadas por los argentinos para viajar a España e insertarse tanto social como laboralmente en Europa.

Sin embargo, no es la única normativa que favorece a los extranjeros a ingresar. Existen alternativas a través de distintas visas de trabajo o de estudio que permiten obtener la residencia sin necesidad de ser ciudadano miembro de la Unión Europea (UE).

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trabajo en el exterior.

trabajo en el exterior.

1. Visa de trabajo

En el caso de contar con la visa de trabajo, las personas se pueden quedar, y la vigencia es de un año y se renueva hasta dos veces más. Luego de cinco años ininterrumpidos, ya se puede aplicar para conseguir la residencia.

Hay dos tipos de visa de trabajo: una para trabajar por cuenta propia en España y otra que debe certificar que existe un empleador en ese país.

Visa de trabajo por cuenta ajena

Es una autorización que debe pedirse en el Consulado de España en Buenos Aires. Para pedirla, hay que presentar:

  • Certificación de antecedentes penales de los últimos 6 meses.Dos copias impresas de solicitud del visado. DNI original y fotocopia, con domicilio en la demarcación del Consulado de España en Buenos Aires. (Guido 1770, entre Avda. Callao y Rodríguez Peña).
  • Pasaporte original y fotocopia de las páginas. Tiene que tener una vigencia máxima de 120 días.
  • Certificado médico de los últimos 6 meses.
  • Copia de la autorización de trabajo, expedida por la delegación o subdelegación de gobierno correspondiente.

Visa de trabajo por cuenta propia

El trámite también se realiza en Argentina. Debe presentarse:

  • Pasaporte original y fotocopia de las páginas. Tiene que tener una vigencia máxima de 120 días.
  • DNI original y fotocopia, con domicilio en la demarcación del Consulado de España en Buenos Aires.
  • Certificación de antecedentes penales de los últimos 6 meses.
  • Certificado médico de los últimos 6 meses.
  • Solicitud de autorización de residencia y trabajo por cuenta propia, en modelo oficial (EX 01). Se puede obtener en el sitio web del Ministerio de Empleo y Seguridad Social de España.
  • Acreditación de que se tiene la capacitación exigida para el ejercicio de la profesión.
  • Acreditación de que se cuenta con la inversión económica necesaria, o bien compromiso suficiente de apoyo por parte de instituciones financieras u otras.
  • Proyecto de establecimiento o actividad a realizar.
  • Relación de las autorizaciones o licencias que se exijan para la instalación, apertura o funcionamiento de la actividad proyectada o para el ejercicio profesional.
  • Número de identidad de Extranjero (NIE)

Los extranjeros que, por sus intereses económicos, profesionales o sociales, se relacionen con España, serán dotados, a efectos de identificación, de un número personal, único y exclusivo, de carácter secuencial. Para tramitar el Número de Identidad de Extranjero (NIE) se deben presentar estos documentos:

Comunicación de las causas económicas, profesionales o sociales que justifican la solicitud.

Cuando sea solicitado a través de un representante, éste acreditará contar con poder suficiente en el que conste de forma expresa que se le faculta para presentar tal solicitud.

  • Tarjeta de Identidad de Extranjero (TIE)

"La Tarjeta de Identidad de Extranjero es el documento único y exclusivo destinado a dotar de documentación a los extranjeros en situación de permanencia legal en España, a cuyo fin los destinatarios del mismo deberán cumplimentar las actuaciones que se establezcan para su entrega", explica el ministerio del Interior de España.

El documento se otorga únicamente a los extranjeros en situación legal en el país. En este sentido, pueden solicitar la TIE aquellos extranjeros a los que se les haya expedido un visado o una autorización para permanecer en España por un periodo superior a seis meses.

La solicitud se presentará personalmente por el extranjero ante la Oficina de Extranjeros o, en su defecto, en la Comisaría de Policía de la provincia donde tenga fijado su domicilio.

Los documentos a presentar son:

Solicitud de tarjeta de identidad de extranjero en modelo oficial (EX-17), original y copia, debidamente cumplimentado y firmado por el extranjero.

  • Empadronamiento

Quienes cuenten con un NIE deberán además empadronarse. En el caso de no tenerlo aun, los extranjeros se pueden empadronar con un pasaporte en vigor.

El trámite consiste en registrarse en el Ayuntamiento de la región donde se resida en España.

  • Número de Seguridad Social (NSS)

El ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones de España otorga a extranjeros un Número de Seguridad Social (NSS) para identificar a los ciudadanos en sus relaciones con el órgano.

El NSS se tramita en la Administración de la Tesorería General de la Seguridad Social en la que radique el domicilio del ciudadano o donde esté domiciliada la empresa en que presta servicios el trabajador. Si dispone de un certificado digital puede acceder al servicio Asignación de número de la Seguridad Social en la Sede Electrónica.

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2. Visa de estudio

Entre las actividades que permiten obtener un visado de estudios figuran:

  • Estudios a tiempo completo en un centro de enseñanza autorizado que conduzcan a la obtención de un título o certificado de estudios.
  • Estudios de doctorado.
  • Actividades de formación.
  • Programas de movilidad de alumnos en enseñanza secundaria y/o bachillerato en un centro docente o científico oficialmente reconocido.
  • Prácticas no laborales en organismos o entidades públicas o privadas que no puedan encuadrarse en los visados de prácticas.
  • Servicios de voluntariado en el marco de programas con objetivos de interés general.
  • Programas "au pair". Se trata de un programa de intercambio cultural que permite pasar un tiempo en el extranjero, aprender sobre una cultura diferente y mejorar las habilidades en un idioma a cambio del cuidado de niños y pequeñas tareas domésticas.
  • Auxiliares de conversación. Se asiste al profesor titular y actúa como asistente en la enseñanza de su idioma. Sus funciones específicas se centran en reforzar las destrezas orales del alumnado.
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Visa "working holiday"

  • Tener entre 18 y 35 años.
  • Ser argentino
  • Demostrar ingresos suficientes para solventar la primera parte de la estadía, hasta que se consiga trabajo.
  • Viajar solo, sin ninguna persona a su cuidado.
  • Acreditar un seguro de salud privado durante toda la estadía.
  • No poseer antecedentes penales desfavorables. Se debe presentar certificado de antecedentes penales apostillado y expedido en los últimos tres o seis meses (dependiendo del Consulado).
  • Tener un título universitario, haber cursado al menos dos años de estudios universitarios o contar con un título equivalente de educación superior.
  • Tramitar el NIE. Es el Número de Identificación de Extranjero. Lo hacen en el mismo Consulado.

3. Visa no lucrativa

La visa no lucrativa para España es un tipo de visado que permite a ciudadanos extranjeros residir en España sin ejercer una actividad laboral o lucrativa en el país. Es decir, no se podrá trabajar por cuenta ajena ni llevar a cabo ninguna actividad económica que genere ingresos en territorio español.

Esta visa está diseñada para personas que desean vivir en España con fines no lucrativos, como jubilados, estudiantes que no necesitan trabajar, personas con suficientes recursos económicos para vivir sin trabajar en el país, o aquellos que buscan reunirse con sus familiares en España.

Requisitos:

  • Demostrar suficientes recursos económicos para mantener tu estancia en España sin trabajar. Los requisitos pueden variar, pero generalmente, se requerirá un monto específico de ahorros o una pensión que garantice tu sustento durante el tiempo que se residirá en el país.
  • Es necesario contar con un seguro que cubra los gastos médicos durante tu estadía en España.
  • Se debe mostrar la constancia de alojamiento asegurado en España durante ese tiempo.

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