La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió que no es posible otorgar pensiones por cesantía en edad avanzada a trabajadores menores de 60 años, al validar los requisitos establecidos en la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE) bajo su régimen anterior.
La Suprema Corte le da la razón al ISSSTE y prohíbe que se entreguen pensiones por cesantía a menores de 60 años
El tribunal le dio el visto bueno al organismo porque, en caso contrario, podría afectar la sostenibilidad del sistema.
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Fallo en favor al ISSSTE de la Suprema Corte.
La decisión, emitida en 2023 por la Segunda Sala del máximo tribunal, confirmó la constitucionalidad de los criterios que establecen que para acceder a una pensión por cesantía es necesario cumplir dos condiciones básicas: haber cumplido al menos 60 años de edad al momento de la separación del empleo y contar con un mínimo de 10 años de cotización ante el instituto.
En su resolución, la SCJN argumentó que otorgar pensiones sin cumplir con esos requisitos distorsionaría la finalidad de la prestación, pues permitiría que personas que aún conservan su capacidad laboral y no han llegado a la edad de retiro puedan acceder a beneficios que están diseñados para otro grupo poblacional.
“La pensión por cesantía en edad avanzada tiene como objetivo brindar seguridad social a quienes cesan su actividad laboral por el envejecimiento o la disminución de sus capacidades físicas, no por una decisión anticipada”, precisó el tribunal.
Asimismo, la Corte subrayó que permitir jubilaciones anticipadas bajo esta figura podría afectar la sostenibilidad financiera del sistema de pensiones y generar un trato desigual entre trabajadores en activo y quienes realmente cumplen los requisitos de edad y cotización.
Suprema Corte: un fallo que marcó precedente en el ISSSTE
Con este fallo, la Suprema Corte ratifica el criterio del ISSSTE sobre la aplicación de su régimen anterior, aclarando que solo quienes alcancen los 60 años o más podrán tramitar la pensión por cesantía, siempre que demuestren una trayectoria de cotización mínima de una década.
El pronunciamiento podría impactar a trabajadores que estaban en litigio o en proceso de retiro anticipado bajo la interpretación previa de la ley, la cual algunos tribunales habían considerado ambigua.
De esta manera, la SCJN cierra la puerta a solicitudes de pensión que no cumplan con la edad establecida y refuerza la intención de preservar la integridad del sistema de seguridad social, evitando abusos o interpretaciones amplias de la norma.




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