21 de noviembre 2025 - 12:00

Masivo congelamiento de cuentas por parte del SAT: las 3 cosas que debes saber para defender tu dinero y evitar el bloqueo

Guía legal para el contribuyente mexicano. Analizamos las facultades del Servicio de Administración Tributaria para la inmovilización de cuentas y cómo impugnar la medida.

El pánico SAT y la cuenta congelada: 3 claves para defender tu dinero

El pánico SAT y la cuenta congelada: 3 claves para defender tu dinero

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) de México no deja de evolucionar en sus métodos de recaudación, y una de sus herramientas más poderosas –y temidas– es la capacidad de inmovilizar cuentas bancarias sin necesidad de un juicio previo.

En un golpe de autoridad legal, el Poder Judicial de la Federación ha confirmado que el SAT tiene la facultad autónoma de actuar de esta manera cuando detecta una deuda fiscal firme. Esto significa que la autoridad hacendaria puede emitir una orden directa a las instituciones financieras (bancos, cooperativas, sociedades de inversión) para congelar tus recursos hasta que el monto del adeudo quede cubierto, y lo hace sin seguir el tradicional y largo Procedimiento Administrativo de Ejecución (PAE).

Esta medida no es una ocurrencia; tiene un sólido sustento legal. Se fundamenta específicamente en el Artículo 156-Bis del Código Fiscal de la Federación (CFF). Este artículo confiere al SAT la facultad de actuar de manera expedita, lo cual ha sido respaldado por una jurisprudencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) y ha sido reiterado por el Tribunal Federal de Justicia Administrativa.

El mensaje es claro: la congelación de cuentas es una medida legal independiente. Incluso si el contribuyente logra anular otros actos de cobro (como un embargo o una notificación dentro del PAE), la inmovilización de la cuenta, si se ejecutó bajo el Artículo 156-Bis, se mantiene vigente.

Si bien la ley otorga esta facultad al SAT para fortalecer la recaudación, esto no es una carta blanca para el abuso. El contribuyente mexicano, aunque deudor, mantiene derechos fundamentales que deben ser respetados, y la vía de la defensa legal sigue abierta y es crucial.

bloqueo de cuentas
El pánico SAT y la cuenta congelada: 3 claves para defender tu dinero

El pánico SAT y la cuenta congelada: 3 claves para defender tu dinero

El objetivo de esta nota no es evitar que pagues lo justo, sino que sepas que tienes mecanismos para impugnar la acción del SAT si consideras que se cometió una injusticia o un error en el procedimiento.

Las tres claves para defenderse del congelamiento de las cuentas bancarias

Verificar la Legalidad del Procedimiento

El contribuyente tiene el derecho de impugnar si considera que el SAT actuó fuera del marco legal. Esto implica que la autoridad debe haber cumplido estrictamente con los requisitos del Artículo 156-Bis del CFF y demás normatividad aplicable.

Por ejemplo, la deuda debe ser realmente firme (es decir, ya no ser susceptible de un recurso legal o haberse agotado la cadena de defensa) y la autoridad debe haber documentado correctamente su notificación y requerimiento. Cualquier vicio en el proceso puede ser motivo de anulación de la medida.

Impugnar por Ilegalidad en la Notificación

Una de las áreas más comunes de defensa es la notificación indebida. Para que cualquier acto del SAT tenga validez, la autoridad tiene la obligación de garantizar el debido proceso y asegurar que el contribuyente fue notificado legalmente de la existencia de la deuda antes de proceder al congelamiento.

Si el contribuyente demuestra que nunca fue debidamente notificado, o que la notificación se realizó con errores o en domicilios incorrectos, puede solicitar la anulación de la inmovilización de sus recursos, ya que se violó su derecho de audiencia y defensa.

IRREGULARIDAD SAt
El pánico SAT y la cuenta congelada: 3 claves para defender tu dinero

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Recurrir a medios de defensa

Si tus cuentas han sido congeladas y consideras que la acción del SAT es incorrecta o abusiva, tienes a tu disposición dos principales vías de defensa:

  • El Recurso de Revocación: Es un recurso administrativo ante el propio SAT. Es un proceso más rápido, pero se resuelve dentro de la misma esfera de la autoridad.

  • El Juicio de Nulidad: Se presenta ante el Tribunal Federal de Justicia Administrativa (TFJA). Este es un proceso judicial que ofrece una revisión más objetiva e independiente de los actos del SAT.

Con la confirmación de estas facultades por parte del Poder Judicial, el poder del SAT es innegable. Sin embargo, esta misma resolución refuerza la obligación de la autoridad de actuar con transparencia y estricto apego a la ley. La defensa del contribuyente se centra en vigilar que ese debido proceso se cumpla al pie de la letra, garantizando que nadie, ni siquiera el Servicio de Administración Tributaria, abuse de su poder.

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