1 de septiembre 2025 - 11:23

Se acerca la quinta cuota de rodados de Sucive: cuáles son los medios de pago disponibles

Se acerca la próxima fecha de vencimiento, y los usuarios deben conocer esta información fundamental antes de pagar su cuota.

Faltan 20 días para el vencimiento de la quinta cuota de Sucive.

Faltan 20 días para el vencimiento de la quinta cuota de Sucive.

El Sistema Único de Cobro de Ingresos Vehiculares (Sucive) recuerda a los conductores que se acerca la fecha de vencimiento de la cuarta cuota de patentes de rodados. En ese sentido, los conductores deben conocer cuáles son las deudas de su rodado para poder pagarlas en tiempo y forma, y para evitar alguna multa por incumplimiento.

Las cuotas vencen cada dos meses. Con las primeras cuatro ya cumplidas -20 de enero, 20 de marzo, 20 de mayo y 20 de julio-, se acerca la quinta, que vence el 20 de septiembre. Luego, queda solo una más en lo que resta del año; el 20 de noviembre.

Para saber el valor que se deberá pagar cada cuota, se calcula sobre un porcentaje del valor del vehículo, a partir del valor del mercado actualizado por la tabla de precios de Autodata, menos el IVA. También se tiene en cuenta el año en que haya sido adquirido.

Autos Estacionados Vehículos

Por otra parte, existen dos métodos de pago que ofrece el Sucive para abonar por la patente. Asimismo, está confirmado que el sistema tributario 2025 será el mismo de 2024, con una variación por tipo de cambio ajustada al promedio anual a setiembre de 2024 (+1,33%) equivalente a $39,442.

Métodos de pago para la patente

El pago se puede realizar de dos maneras. La primera es de forma online mediante Visa, Banred y los bancos BROU, BBVA, Banque Heritage, Santander, Itaú, Scotiabank, Bandes y HSBC

La segunda es a través de la aplicación que lanzó Sucive en la que los usuarios pueden realizar sus trámites, recibir información sobre los diferentes vehículos de un mismo propietario, realizar pagos, recibir notificaciones sobre vencimientos de cuotas, libreta de conducir, deudas, multas y demás.

El plazo establecido para abonar las multas es de tres meses desde su imposición. Los montos fijados en pesos serán ajustados anualmente según la variación del IPC entre noviembre del año anterior y el mismo mes actual, redondeándose a múltiplos de 100. Cuando la inflación supere el 20%, se contempla una actualización anticipada de los valores.

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