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25 de mayo 2026 - 21:09

La sanción que recibió Boca Juniors por actos racistas ante Cruzeiro y las medidas que deberá cumplir

La CONMEBOL multó al Xeneize con u$s105.000 por conductas discriminatorias cometidas por los hinchas durante el partido en Belo Horizonte ante el equipo brasilero.

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La sanción que recibió Boca Juniors por actos racistas ante Cruzeiro y las medidas que deberá cumplir frente a Universidad Católica.

La Confederación Sudamericana de Fútbol (CONMEBOL) sancionó a Boca con una multa total de u$s105.000 por conductas discriminatorias durante el partido frente a Cruzeiro disputado en Belo Horizonte. De esta manera, el club deberá cumplir una serie de medidas en el duelo ante Universidad Católica en La Bombonera, por la última fecha del Grupo D de la Copa Libertadores 2026.

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La resolución de la Comisión Disciplinaria de la CONMEBOL establece tres sanciones diferentes. La más importante corresponde al artículo 15.2 del Código Disciplinario, que castiga actos de discriminación cometidos por hinchas, y contempla una multa de u$s100.000.

Además, el club fue sancionado con otros u$s5.000 por una infracción al artículo 7.3.4.1 del Manual de Clubes de la Libertadores 2026 y recibió una advertencia formal por demoras en el inicio o la reanudación del encuentro, según el artículo 11.2 del reglamento disciplinario.

boca cruzeiro

La Confederación Sudamericana de Fútbol (CONMEBOL) sancionó a Boca con una multa total de u$s105.000 por conductas discriminatorias durante el partido frente a Cruzeiro disputado en Belo Horizonte.

La sanción principal se originó por el accionar de un hincha de Boca que realizó gestos racistas hacia la parcialidad local durante el encuentro en Belo Horizonte. El simpatizante, de 29 años, fue detenido en flagrancia por la Policía Militar en el Mineirão y luego quedó a disposición de la Justicia de Minas Gerais, donde fue imputado por el delito de racismo agravado debido a la difusión de las imágenes en redes sociales.

La CONMEBOL abrió el expediente disciplinario el 12 de mayo, tras analizar el informe arbitral y el material audiovisual del partido.

Las medidas que deberá cumplir Boca en La Bombonera

El artículo 15.2 del Código Disciplinario de la CONMEBOL establece que cualquier club cuyos aficionados “insulten o atenten contra la dignidad humana” por motivos de raza, color de piel, sexo, orientación sexual, etnia, idioma, credo, origen, discapacidad o ideología será sancionado con una multa mínima de u$s100.000, cifra que puede elevarse hasta u$s400.000 en caso de reincidencia. En la resolución, además, el organismo advirtió a Boca que futuras infracciones similares podrían derivar en sanciones más severas previstas en el artículo 27 del reglamento.

Las multas serán debitadas automáticamente de los ingresos que la CONMEBOL debe transferirle al club en concepto de derechos de televisión y patrocinio.

Además del castigo económico, Boca deberá cumplir una serie de medidas obligatorias en el partido frente a Universidad Católica. El club tendrá que exhibir un cartel con la frase “El respeto es titular” durante el protocolo de inicio del encuentro, al momento de la formación de los equipos frente a la tribuna de honor.

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La sanción principal se originó por el accionar de un hincha de Boca que realizó gestos racistas hacia la parcialidad local durante el encuentro en Belo Horizonte. El simpatizante, de 29 años, fue detenido.

Esa misma consigna también deberá proyectarse en la pantalla gigante de La Bombonera desde dos horas antes del inicio del partido hasta el final de la jornada, salvo durante las activaciones deportivas y comerciales de la competencia.

A su vez, la institución deberá realizar durante los tres días previos al encuentro una campaña en sus redes sociales oficiales con el mismo mensaje, previamente aprobada por la Dirección de Marketing de la CONMEBOL.

Por último, Boca contará con un plazo de siete días hábiles desde la notificación oficial de los fundamentos del fallo para presentar una apelación ante la Comisión de Apelaciones de la CONMEBOL. Para iniciar ese proceso, deberá abonar una tasa de u$s3.000, según lo establece el artículo 64.4 del Código Disciplinario.

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