• Si la entidad tuviera evidencias o sospechara que el presentante es autor o cómplice de defraudación, lo podrá poner a disposición de la autoridad competente.
• El Banco Central resolverá en única instancia todo caso de duda o reclamo sobre autenticidad de los billetes. En su laboratorio se observa si se trata de una falsificación ya conocida o si se trata de una nueva modalidad.
• A partir de la nueva disposición, el Central vuelve a enviar el dinero (ya inutilizable) y el acta de retención a los bancos que deben realizar las denuncias en un plazo máximo de 30 días corridos.
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