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1 de diciembre 2025 - 09:30

Hasta qué día me pueden pagar el aguinaldo en diciembre 2025, según la ley

La segunda cuota del Sueldo Anual Complementario llegará en los últimos días del mes: quiénes lo cobran y cómo se calcula.

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La fecha límite del aguinaldo de diciembre supone un respiro para los gastos de fin de año.

Cada fin de año llega la misma pregunta en muchos hogares: ¿Cuándo se paga el aguinaldo de diciembre? La segunda cuota del Sueldo Anual Complementario debe pagarse en una fecha estipulada por la ley y alcanza a trabajadores registrados y algunas prestaciones de la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES).

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Con el cierre del 2025 a la vista, muchos empiezan a hacer cuentas con el aguinaldo en mente. ¿Cómo se calcula y cuándo llega?

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Cómo se calcula el aguinaldo

El Sueldo Anual Complementario (SAC), se liquida en dos cuotas cada año, una en junio y otra en diciembre. Cada cuota equivale al 50% del salario más alto recibido en el semestre correspondiente. Es decir, para la de diciembre se toma como referencia el mejor salario mensual que obtuviste entre julio y diciembre.

Si alguien comenzó a trabajar en medio del semestre, o no completó los seis meses, el monto se calcula de forma proporcional al tiempo trabajado.

En ciertos convenios, como el de comercio, además se consideran los adicionales remunerativos como antigüedad, presentismo, sumas fijas, siempre que sean remunerativos, al momento de calcular la base.

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Quiénes reciben el aguinaldo

Tienen derecho al aguinaldo los siguientes beneficiarios:

Quedan afuera quienes no tienen relación de dependencia formal. Es decir, muchos monotributistas, trabajadores informales o quienes reciben solo planes sociales.

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Aguinaldo.

Hasta qué fecha se paga el aguinaldo en diciembre 2025

Según la normativa, la segunda cuota del aguinaldo debe abonarse a más tardar el 18 de diciembre. Este año, por cuestiones prácticas, se contempla un margen adicional de hasta cuatro días hábiles, por lo que se cree que el límite final será el 24 de diciembre.

En algunos casos, como los de jubilados o pensionados, el pago puede coincidir con la fecha habitual de cobro del haber mensual, siguiendo el calendario de terminación de DNI.

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