La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió a favor de miles de trabajadores del ISSSTE al establecer que los descuentos salariales por créditos de vivienda otorgados por el FOVISSSTE deberán ajustarse al esquema de pago pactado en cada contrato hipotecario, con el objetivo de evitar retenciones indebidas o excesivas.
La Suprema Corte falla a favor de miles de trabajadores del ISSSTE y evita descuentos inapropiados en sus salarios
Se trata de un reclamo que, en primera instancia, no había sido tomado en cuenta en la Justicia. En esta nota, los detalles.
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Suprema Corte emite fallo sobre trabajadores del ISSSTE.
De acuerdo con la tesis de jurisprudencia emitida, que será de aplicación obligatoria para todos los tribunales del país, las dependencias encargadas de realizar las retenciones deberán garantizar a los trabajadores acceso a la información necesaria para verificar si los descuentos aplicados corresponden realmente a lo convenido en su crédito. Esto busca brindar transparencia y certeza sobre el monto descontado del salario.
El fallo aclara además que las personas que firmaron contratos hipotecarios con FOVISSSTE antes del 9 de mayo de 2023, y que se comprometieron a pagar mediante un descuento del 30% sobre su salario, tienen derecho a que la retención se realice únicamente sobre su sueldo base, y no sobre otras percepciones ordinarias. Esto impide que el porcentaje se aplique a bonos, compensaciones o conceptos adicionales.
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Suprema Corte le da la razón a los trabajadores del ISSSTE
El criterio judicial deriva del análisis del amparo en revisión 17/2025, en el cual un grupo de trabajadores impugnó la constitucionalidad de ciertos artículos de la Ley del ISSSTE, argumentando afectaciones derivadas de incrementos en los descuentos por créditos hipotecarios.
Aunque inicialmente un juzgado de distrito desechó el caso, la revisión llegó a la Suprema Corte, donde el ministro Alberto Pérez Dayán, como ponente, impulsó la resolución aprobada por unanimidad en la sesión del 23 de abril de 2025.
Con esta jurisprudencia —registrada bajo el número 2a./J. 19/2025 (11a.)— la Corte sienta un precedente que fortalece los derechos laborales y financieros de los empleados públicos afiliados al ISSSTE, garantizando que los descuentos por vivienda se apliquen conforme a la ley y a los términos originalmente pactados.
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