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23 de noviembre 2005 - 00:00

El juicio lo deben hacer las dos salas juzgadoras

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La única norma que nos puede brindar la respuesta es la propia Constitución.

Ella expresa que cada dos años y en su primera sesión, la Legislatura se divide por sorteo en una Sala Acusadora y en otra Juzgadora, respetando la proporcionalidad de los partidos o alianzas (Art. 93).

Esa primera sesión es la preparatoria, en la cual se incorporan los nuevos legisladores; es la del 10 de diciembre.





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