18 de julio 2003 - 00:00

Abogados ya evalúan ir a corte internacional

Los abogados del ministro de la Corte Eduardo Moliné O' Connor analizaban anoche la posibilidad de recurrir a la Corte Interamericana ante graves irregularidades que comprobaron en la sustanciación del juicio político, que podrían derivar en la nulidad del procedimiento.

Gregorio Badeni
y Eduardo Aguirre Obarrio sostuvieron que el juicio político está fuera de todo marco constitucional y legal. Lo consideraron violatorio de garantías del debido proceso y defensa en juicio y aniquilador -definitivamente-de la independencia del Poder Judicial.

Los letrados, al momento de retirar la documentación para realizar el descargo de las imputaciones, sólo pudieron acceder a una parte de los expedientes. Por caso, en la causa Macri, los abogados fueron privados de conocer los elementos acusatorios reunidos en algo más de 20 mil fojas, algo así 50 como cuerpos, porque la causa no estaba en la Comisión de Juicio Político. Algo similar ocurrió con la causa Meller, expediente que en gran parte no les fue exhibido.

La cuestión antes referida, los acotados plazos para ejercer el descargo de las acusaciones y las repetidas e insistentes afirmaciones de los integrantes de la comisión, en especial de su presidente Ricardo Falú, sobre la rapidez en que deben producirse las remociones en la Corte son los elementos que se utilizarían para llevar la denuncia de violación del derecho de defensa ante los estrados de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos.

• Argumento base

Pero, además, se planteará que los legisladores no tienen la suma del poder público, ni pueden interferir en la Justicia ni imponer las propias interpretaciones que su política del momento esté deseando.

Este ha sido el argumento base con el que Moliné O'Connor planteó su descargo. Un escrito en el que se refirió al socialista Alfredo Palacios cuando en oportunidad del juicio político a la Corte sostuvo: «... así como ninguno de los miembros del Congreso puede ser acusado, interrogado judicialmente ni molestado por opiniones que emita en desempeño de su mandato; ni el Poder Ejecutivo puede atribuirse funciones judiciales, recíprocamente los magistrados no pueden ser enjuiciados por las doctrinas o convicciones que sustenten en sus fallos».

Para este crucial tema y como el referente acerca de si los jueces pueden ser destituidos de sus cargos por la causal de mal desempeño debido al contenido de sus sentencias, reclamaron que se pida la opinión de hombres de la talla de Juan Carlos Cassagne; Ricardo Gil Lavedra; Lino Palacio; Jorge Bacqué, ex miembro de la Corte Suprema; Julio Strassera.

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