En otro gesto en la línea de la administración redundante, el gobierno publicitó ayer la derogación de dos decretos de la década del '60 que habilitaban a organismos de las fuerzas de seguridad y policiales la realización de «tareas de inteligencia en organizaciones políticas y sociales», en contra de lo dispuesto por la Constitución.
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Es decir, dos normas que aunque se mantenían dentro del digesto de normas, no tenía aplicación por ser contrarias a la ley de inteligencia, la de defensa nacional y también de las prescripciones constitucionales que hubieran llevado al calabozo a quién osase aplicarlas.
No le importó a Gustavo Béliz y consecuente con la política de emprender acciones decorativas -es decir de escaso efecto en los hechos, pero de amplio lucimiento en la prensa- a través de la Resolución 38 del Ministerio de Justicia y Seguridad, publicada en el Boletín Oficial, se dieron por derogados el Decreto-ley 9.221, de 1963, y el Decreto 2.322, de 1967. • Habilitación
Según la resolución, «en gestiones anteriores» las normativas habilitaron la realización de «tareas de inteligencia en organizaciones políticas y sociales, que la jurisprudencia ha entendido contrarias a principios y garantías de la Constitución Nacional», por parte de los organismos de seguridad.
La normativa responsabiliza de esas maniobras en particular a «la Superintendencia de Interior de la Policía Federal, a través del Departamento de Asuntos Nacionales -actualmente departamento de Seguridad de Estado-».
Los decretos, firmados durante la presidencia de José María Guido y en la dictadura de Juan Carlos Onganía, se consideraron violatorios de la Ley 25.520, de Inteligencia Nacional.
Esa legislación prohíbe a los organismos de seguridad «obtener información, producir inteligencia o almacenar datos sobre personas, por el sólo hecho de su raza, fe religiosa, acciones privadas u opinión política, o de adhesión o preferencia a organizaciones partidarias, sociales, sindicales, comunitarias, cooperativas, asistenciales, culturales o laborales».
Además, la Ley 25.520 impide a los organismos de inteligencia de las fuerzas de seguridad y policiales «influir de cualquier modo en la vida interna de los partidos políticos».
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