Show de acusación contra Moliné ya suma 11 cargos
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Hay tiempo hasta mañana mismo para adosarle nuevas acusaciones, aunque no se descarta que -si llega con demorase incorpore más adelante al proceso, incluso en el mismo recinto, donde se debatiría el pase a la etapa de sentencia (en el Senado) alrededor del 13 de agosto, según los planes oficialistas.
Hasta ahora, hay 11 cargos contra Moliné:
•Caso Magariños
1) Invadir la esfera de competencias propias del Consejo de la Magistratura de la Nación, arrogándose facultades de otro órgano del Estado. Ello así, toda vez que, conforme el artículo 114 inciso 4º de la Constitución nacional es atribución del Consejo de la Magistratura «ejercer facultades disciplinarias sobre magistrados». En concordancia con la pauta constitucional, resolvió el Consejo de la Magistratura en la Resolución Nº 21/01: «La ley señala que sólo corresponde a este cuerpo juzgar la conducta disciplinaria de los magistrados y que únicamente compete al alto tribunal y a los tribunales inferiores con facultades delegadas de superintendencia juzgar la conducta disciplinaria de funcionarios y empleados del Poder Judicial. No existe, entonces, margen de duda y tampoco caben interpretaciones forzadas que se apoyan en disposiciones legales que, tanto la Constitución nacional reformada como la ley que reglamenta las funciones atribuidas a este consejo han derogado tácitamente».
2) Afectar garantías constitucionales, avanzando sobre el derecho a la libre expresión, derecho fundante de todas las demás libertades.
3) Cercenar el derecho a la opinión científica expresada por Héctor Magariños como profesor universitario en ejercicio de su función académica.
4) Violar la independencia del Poder Judicial, amedrentando a un juez de la Nación, a través de una sanción administrativa.
•Caso Macri
1) Obstruir el debido proceso legal respecto de la tarea de investigación por presunto contrabando llevada a cabo por el juez federal de Concepción del Uruguay, en los autos «Macri, Francisco y Martínez, Raúl s/ presunto contrabando» debido a la arbitraria y forzada aplicación de la garantía del «non bis in idem».
2) Causar un grave perjuicio al Estado nacional, que se vio privado de percibir los debidos tributos aduaneros y/o ejecutar las multas tributarias penales y/ o decomisos.
3) Demora injustificada para expedirse, finalmente, luego de más de dos años, en tan sólo cuatro renglones y por causas formales.
4) Forzar la interpretación del principio de cosa juzgada, ya que no existía entre las causas identidad en los hechos, ni en los bienes jurídicos involucrados, ni en las pretensiones punitivas, requisitos para aplicar el aludido principio, beneficiando a un grupo económico.
•Caso Meller
1) Apartamiento de sus propios precedentes judiciales para resolver la irrevisabilidad del pronunciamiento de un tribunal administrativo.
2) Causar un grave perjuicio, como consecuencia, al Estado nacional, a quien se condenó, según pretensión de Meller SAUTE, al pago de 28.942.839,81 de pesos, hoy 399.894.599,91 de pesos en bonos de consolidación de deuda, en virtud de una resolución de la entonces liquidadora de ENTel, convalidada ahora por el tribunal que usted integró. Su voto fue arbitrario, y no constituye una derivación razonada del derecho vigente con arreglo a las constancias comprobadas de la causa, por lo que se impone su descalificación como acto jurisdiccional.
3) Abdicación del control de constitucionalidad en los términos del artículo 14 de la Ley 48 y la jurisprudencia constitucional en la materia.




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