Tras el Correo-Gate, Gobierno establece mediante decreto procedimiento para resolver conflictos de intereses
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Los decretos ya habían sido anticipados por el presidente Macri
"Para el caso de sociedades sujetas al régimen de oferta pública conforme a la Ley N° 26.831 la vinculación se entenderá referida a cualquier accionista o socio que posea más del cinco por ciento del capital social", se indicó.
La norma también prevé que "en el caso de ministros y autoridades equivalentes, la vinculación debe darse en relación a procesos que tramiten en su órbita o ámbito de su competencia".
En el decreto firmado por el presidente Mauricio Macri, el jefe de Gabinete, Marcos Peña, y el ministro de Justicia, Germán Garavano, se indicó que la Procuración del Tesoro buscará "desempeñar la defensa del Estado Nacional asegurando los máximos estándares de fundamentación, difusión y transparencia, de modo de evitar toda duda o prevención de la ciudadanía acerca de la recta e inequívoca gestión en favor del interés público en todos los casos contemplados" en la norma.
Además, la Procuración del Tesoro deberá dar a conocer por Internet el listado de causas judiciales alcanzadas por el decreto e "información actualizada sobre el estado de las actuaciones y las audiencias o reuniones a celebrarse, de acuerdo con las reglas y excepciones previstas en materia de acceso a la información pública".
En tanto, el decreto 202/2017 establece la presentación de una "Declaración Jurada de Intereses" para "toda persona que se presente en un procedimiento de contratación pública o de otorgamiento de una licencia, permiso, autorización, habilitación o derecho real sobre un bien de dominio público o privado del Estado", con el objeto de descartar vinculación con integrantes del Poder Ejecutivo y abogar por la "transparencia" de las decisiones y la ética de los funcionarios.
En esa declaración jurada "deberá declarar si se encuentra o no alcanzada" por vinculación respecto del Presidente y Vicepresidente de la Nación, Jefe de Gabinete y demás ministros y autoridades de igual rango en el Ejecutivo, aunque estos no tuvieran competencia para decidir sobre la contratación o acto de que se trata, siguiendo los mismo parámetros en cuando a grado de afinidad y consanguinidad, pleitos o deudas pendientes y amistad pública que "se manifieste por gran familiaridad y frecuencia en el trato".
La norma dicta que para ser proveedor o contratista del Estado Nacional los interesados deberán presentar esta declaración jurada, y los que ya se encuentran inscriptos deberán presentarla dentro de los próximos 90 días hábiles.
Los datos de la declaración jurada de intereses deberán actualizarse anualmente, y en el plazo de 90 días hábiles ante un supuesto caso de vinculación.
En este caso, será la Oficina Anticorrupción (OA), actualmente a cargo de Laura Alonso, la que reciba y examine esos documentos.
Si se diera el caso de una vinculación, se deberá comunicar a la Oficina Anticorrupción y a la Sindicatura General de la Nación dentro de los tres días hábiles, y dar luego publicidad total a las actuaciones en la página web y en la de la OA, dando intervención al Ministerio de Modernización.
A partir de ahora tanto la Procuración Nacional del Tesoro de la Nación y la Oficina Anticorrupción deberán establecer los mecanismos internos necesarios para su participación.
En tanto, el funcionario en cuestión deberá abstenerse de continuar interviniendo en el referido procedimiento, el que quedará a cargo del funcionario al que le correspondiera legalmente actuar en caso de excusación.
Ambos decretos llevan las firmas del presidente Mauricio Macri, el jefe de Gabinete, Marcos Peña; y el ministro de Justicia y Derechos Humanos, Germán Garavano.




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