8 de octubre 2003 - 00:00

Zaffaroni machista, se queja una senadora

Eugenio Zaffaroni terminará hoy de asegurarse la incorporación a la Corte. En el Senado, Jorge Busti hará firmar este mediodía el dictamen de la Comisión de Acuerdos que convalida la designación del Ejecutivo y habilita el tratamiento en el recinto para el miércoles que viene, cuando se perfeccionará el pliego del aspirante con 2/3 de votos de los presentes.

El texto de Busti colectará la mayoría de las firmas, no obstante lo cual habrá también sendos despachos de minoría, a cargo de los salteños Sonia Escudero (PJ) y Ricardo Gómez Diez (Renovador), oficialismo y oposición en su distrito de origen. El riojano Eduardo Menem, crítico del polémico penalista, optó por colocarse sordina y, simplemente, se limitó a deslizar a sus colegas que no suscribirá el dictamen del oficialismo.

El ex vice de Ricardo López Murphy se quedó anoche hasta última hora en su oficina para redactar su dictamen. Según adelantó Gómez Diez, pondrá el acento en la falta de representación regional en el máximo tribunal (el postulante vive en la Capital Federal al igual que 7 ministros del Poder Judicial), en el incumplimiento de obligaciones previsionales y tributarias, y en los fallos polémicos del candidato a juez.

Escudero
, en tanto, ultimó ayer por la tarde su versión del rechazo a Zaffaroni. La Legisladora insiste en el memo -al cual tuvo acceso este diario y que se conocerá íntegro hoy- en reivindicar el cupo femenino para la Corte. A continuación, en la misma línea de pensamiento, se explaya sobre el candidato y manifiesta los «reparos éticos» que merecen sus decisiones como magistrado.

«Se han apreciado
-asegura Escudero- ciertos prejuicios vinculados con las mujeres en el amplio margen de apreciación subjetiva al decidir, entre otros casos, el monto de una pena ponderando la protección de la familia del agresor por encima de los intereses de una mujer (menor) agredida (caso Tiraboschi); efectuando livianas consideraciones sobre la honestidad de una mujer -menor-(caso Antar); o tratando con menor severidad al agresor sexual de mujeres adultas (caso Pafundo) lo que, a todas luces, desconoce la violencia contra la mujer como un problema mayor y desalienta el combate de este tipo de agresiones.» «... El propuesto no ha dado muestras de comprensión de la situación de victimización de la mujer en distintos ámbitos, respondiendo y reproduciendo, en el espacio de lo simbólico, un prejuicio de género», concluye con originalidad.

• Incumplimientos

Escudero repasa, asimismo, los incumplimientos « incoherentes» del propio Ejecutivo del decreto 222. Más allá de que Zaffaroni no reúne el « requisito de procedencia regional» establecido en la misma resolución presidencial, subraya que tampoco cumplió el postulante con revelar la «nómina de clientes o contratistas de, por lo menos, los últimos 8 años, habiendo solamente provisto, y a requerimiento expreso de esta comisión, la individualización de dos de ellos ( Petrobrás y el Poder Judicial del Brasil)». Las « irregularidades» en el pliego detectadas por la dama abonan la negativa a aprobarlo.

Apunta que «los incumplimientos previsionales y de la Ley de Etica Pública reconocidos por el propuesto y, presuntamente, subsanados luego del inicio de este procedimiento» revisten «mayor gravedad». No se priva de fustigar que Zaffaroni haga «recaer en su contador la responsabilidad» en la presentación y redacción de declaraciones juradas con omisiones relevantes.

«No podemos desconocer que es una regla básica del sistema en que vivimos que las leyes son obligatorias para todos los habitantes, y que no se puede invocar válidamente su ignorancia. Menos aún, cuando se es un profesional del derecho y se participa de un procedimiento de selección para la más alta magistratura judicial de la República. Por ello, consideramos insalvable el escollo descubierto en la posición del propuesto, que conlleva necesariamente el rechazo».

«... Consideramos intolerable que se intente escudar una violación a la ley a través de una supuesta excusa absolutoria no contemplada ni por ésta ni por la Constitución»,
aun cuando haya o no perjuicio al fisco.

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