Uno de los grandes desafíos que tiene Uruguay es crecer más en un contexto de fuertes presiones tanto internas como externas; para ello, la gestión de los recursos públicos y la atracción de más y mejores inversiones es clave, por lo que el sistema tributario juega un rol fundamental. Y, dentro de éste, el Impuesto Mínimo Global (IMG) es un factor que hay que mirar de cerca, según el Instituto Uruguayo de Estudios Tributarios (IUET).
¿Cómo implementar el Impuesto Mínimo Global, entre la presión fiscal y la necesidad de inversiones?
El Pilar 2 de la OCDE puede significar mayor recaudación, pero abre incógnitas en cuanto a los actuales regímenes de beneficios y exoneraciones impositivas.
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Uruguay enfrenta desafíos y oportunidades en la implementación del Impuesto Mínimo Global.
El Pilar 2 del Proyecto BEPS (erosión de la base imponible y el traslado de beneficios) que la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE) lleva a cabo para combatir la evasión fiscal, también conocido como Impuesto Mínimo Global, es un tema que, por mucho que Uruguay lo ha pospuesto, deberá enfrentar cara a cara este año.
Se trata de una medida internacional para que las grandes empresas multinacionales paguen de manera fija un porcentaje mínimo de impuestos en cada país donde operan, sin importar donde tengan su sede; de modo que la baja de impuestos no sea una herramienta de competencia —situación que fomenta los “paraísos fiscales”— y que los países puedan obtener beneficios por la actividad económica que se desarrolla en su territorio.
Específicamente, el IMG establece una imposición efectiva mínima del 15% a nivel de cada jurisdicción, para grupos multinacionales con ingresos mayores a 750 millones de euros; por lo que se exige un impuesto complementario hasta alcanzar dichas tasas cuando la imposición local está por debajo. Y hay tres formas posibles de cobrar dicho tributo: a nivel de la propia jurisdicción (QDMTT), en el país de la casa matriz del grupo (IR), o en un tercer país en el que el grupo tenga presencia (UTPR).
Ahora bien, Uruguay viene posponiendo la implementación del IMG, pero el impacto que el mismo puede llegar a tener a nivel de inversiones en el país hace urgente retomar la discusión. Y así lo señalaron los contadores Jimena Zeballos y Felipe Prado, del IUET, durante un seminario en el que participó Ámbito, y donde propusieron mejoras al sistema tributario local, pensando también en la competitividad y el crecimiento.
Los desafíos y oportunidades del Impuesto Mínimo Global
El IMG, en Uruguay, condensa las dos caras de una misma moneda, y los dos aspectos que la OCDE busca abordar con la iniciativa: por un lado, la posibilidad de que cada país obtenga mayores beneficios de la actividad económica que se desarrolla en su territorio; y, por el otro, la no utilización de beneficios impositivos como atracción de inversiones —al menos, al punto de constituir “paraísos fiscales”.
En el primer caso, y desde una perspectiva positiva, el IMG puede transformarse en un elemento de recaudación adicional en un contexto fiscal ajustado, sin margen para aumentar los impuestos ya existentes. Esto, sobre todo, en el caso de las empresas cuya casa matriz está en la Unión Europea (UE), donde el Pilar 2 ya está implementado por completo. Es decir, esas compañías ya tributan el complemento del 15% por la actividad que realizan en Uruguay, pero ese dinero se va hacia otro país.
Pero, en contrapartida, el Impuesto Mínimo Global puede significar un problema legal, en principio, ya que se contradice con el actual régimen de promoción de inversiones, así como con el régimen de zonas francas, pilares del sistema de atracción de inversiones local con tributaciones bajas o nulas. Y, más a mediano y largo plazo, puede significar una desventaja competitiva para el país —en tanto pierde los beneficios y ciertas exoneraciones fiscales como factor atractivo.
“Vemos un impacto importante, e incluso ya hemos visto algunas decisiones de inversión que han cambiado producto de la entrada en vigencia de este impuesto”, advirtieron los contadores del IUET.
¿Cómo sería una posible instrumentación del IMG en Uruguay?
En línea con el enfoque del seminario —sugerencias y miradas constructivas sobre la fiscalidad uruguaya—, Zeballos y Prado apuntaron algunos lineamientos de la posible implementación del IMG en Uruguay.
En ese sentido, señalaron como prioritario la incorporación inmediata de la regla QMDTT de recaudación; es decir, que las empresas de grupos multinacionales —que ya están afectadas por el Pilar 2— empiecen a tributar localmente el porcentaje mínimo global. Aunque, de la mano con esta medida “urgente”, habrá que reformular los estímulos de inversión y revisar la forma de mantener el atractivo para las inversiones.
“Más allá de recaudar el impuesto complementario, asegurarnos también de que esos regímenes que han sido exitosos a todas luces, puedan mantener su atractivo”, consideraron.
Para ello, propusieron la incorporación de créditos fiscales calificados: incentivos fiscales de naturaleza similar a los que hasta ahora estaban reservados para contribuyentes de IRAE —devolución de impuestos en tanto se cumpla con una serie de requisitos determinados—; y que son aceptados por la propia norma de la OCDE. Esta estrategia hace que el estímulo no sea considerado como un menor impuesto y que tenga un impacto en la tasa efectiva, pero mantiene el elemento atractivo en forma de devolución; y la base normativa podría tomar como referencia el actual régimen de la Comap.
Asimismo, los requisitos mencionados podrían ser otro aspecto positivo para el país, así como una forma de alinear la aplicación del tributo a nivel local con la estrategia general de la OCDE, atándolos a indicadores relacionados con la generación de empleo, ciencia y desarrollo, ESG, descentralización y exportaciones, entre otros.
Finalmente, Zeballos y Prado propusieron una implementación más práctica y simple para proyectos de inversión, en relación con la modificación de las reglas actuales para extender los plazos para la utilización de los beneficios en los casos excepcionales de las empresas afectadas por el IMG. De esta manera, no se modificarían los topes, sino la cantidad de años planteados para llegar a los mismos, para que las compañías puedan ir definiendo y estableciendo su tasa efectiva de tributación año a año para evitar el costo económico del Pilar 2, pasando a un costo financiero.
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