Mientras que las tareas de prospección —de exploración de los yacimientos petroleros en alta mar— aguardan por la aprobación ambiental del Ministerio de Ambiente (MA) el proyecto está bajo la mira judicial entre recursos de amparo y fallos por incompetencia.
La exploración petrolera está en la mira judicial entre recursos de amparo y declaraciones de incompetencia
La Institución Nacional de Derechos Humanos presentó un recurso de amparo para cesar la prospección sísmica para la exploración offshore.
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La exploración offshore está en la mira de la Justicia.
Este martes juez Federico Tobia dictaminó que el Juzgado Letrado de Primera Instancia en lo Civil de 8º Turno es incompetente para atender la medida cautelar presentada por la Asamblea Mar Libre de Petroleras Uruguay y la asociación civil Socobioma en noviembre del año pasado.
Frente a esto, las organizaciones sociales emitieron un comunicado estableciendo que "la decisión judicial no ingresó al análisis del fondo de la pretensión". "No se expidió sobre la eventual ilicitud de los contratos cuestionados, no examinó su compatibilidad con el artículo 47 de la Constitución, la Ley 17.283, la Ley 19.128, ni evaluó la existencia de riesgo ambiental ni la aplicación del principio precautorio", aseguran.
"La decisión se limitó exclusivamente a declarar que la cuestión debería ventilarse ante la jurisdicción contencioso-administrativa", añadieron. En ese sentido, reiteraron que su intención es promover la nulidad absoluta de los contratos entre la Administración Nacional de Combustibles, Alcohol y Portland (Ancap) y las empresas petroleras.
Recurso de amparo
En paralelo, la Institución Nacional de Derechos Humanos (Inddhh) presentó un recurso de amparo para cesar la prospección dirigido al MA, el Ministerio de Industria, Energía y Minería (MIEM), Ancap y las firmas petroleras que van a llevar adelante la actividad.
“Es un recurso donde se pretende que se suspendan esas prospecciones en base a una amplia información que se aporta en el recurso referente a los daños o al impacto ambiental que efectivamente tienen estas actividades. Impacto que no es negado por nadie, porque es evidente y porque además las empresas lo reconocen”, aseguró la presidenta de la institución, Mariana Mota.
En ese sentido, recordó que las empresas plantean formas de mitigación que son insuficientes. “La mitigación no quiere decir que el daño no exista, sino que el daño se va a dar efectivamente y el punto es cuál es el costo de esa actividad”, explicó. El recurso de amparo asegura que la actividad utiliza cañones de aire comprimido que son arrastrados por buques que emiten detonaciones que pueden superar de 250 a 300 decibeles, con un ruido que puede expandirse por más de 300.000 km2.
Desde el gobierno aún no se han pronunciado al respecto, aunque aseguraron que se duplicaron las medidas de protección de fauna marina que necesitan una distancia de más de 1000 metros para realizar la actividad. En tanto, la Justicia tiene un plazo de tres días para poder convocar a una audiencia.


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