Este régimen había sido impulsado a partir del decreto 292/ 95, por el cual las empresas que brinden servicios públicos con precios regulados, podrían tener beneficios de reducción en las contribuciones patronales con destino al régimen de la seguridad social. Para acceder a este sistema las empresas debían presentar puntualmente sus declaraciones juradas, no tener deudas anteriores a la seguridad social ni en el IVA; y previamente debían ser autorizados por el ente regulador a percibir la ventaja.
Dejá tu comentario