Mientras el aumento de juicios laborales en mayo último fue del 20% interanual a nivel país, en la provincia de Buenos Aires se disparó al 104%, advirtió un informe difundido ayer por la Unión de Aseguradoras del Riesgos del Trabajo (UART). La entidad dijo que "así como en su momento llamó la atención la ´mudanza´ de casos judiciales del interior del país a la Ciudad de Buenos Aires, en parte motivada por la tasa de interés aplicable (actualmente fijada en el 36% anual), ahora es llamativo el crecimiento exponencial en la provincia de Buenos Aires". Sugirió así que el aumento se produjo como consecuencia de que la provincia de Buenos Aires todavía no adhirió a la ley nacional que busca frenar la denominada "industria del juicio".
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Las demandas de este tipo acumulan en los primeros cinco meses del año un 49%, más del doble que en el total del país. En mayo de 2017 ingresaron a las ART 2.643 nuevos juicios y en el período enero-mayo/2017, ya se acumulan 10.182 casos, todos provenientes de la provincia de Buenos Aires.
Si se considera que a nivel país la cantidad de casos notificados en mayo fue de 12.765 juicios y en el período enero- mayo de 2017 de 55.321, la provincia de Buenos Aires aglutina el 20,7% de las notificaciones de mayo o el 18,4% de los casos, del período de cinco meses correspondientes al análisis.
"Las cifras constituyen un alerta de por sí, aunque cobran mayor relevancia aún con motivo del no avance en el tratamiento legislativo de la adhesión a la Ley Nacional (Ley 27.348), que tuvo aprobación en la Cámara de Diputados de la Provincia, pero se detuvo en el Senado, por falta de acuerdo de la oposición", señaló el reporte, al recordar que la Ley Nacional fue aprobada en febrero de 2017.
La UART destacó que "el Poder Ejecutivo Nacional, con amplio apoyo de la oposición, de empresarios y sindicatos, tomó la iniciativa de abordar un ajuste al procedimiento para fijar las incapacidades en el sistema de Riesgos del Trabajo". Pero explicó que "tratándose de un aspecto de procedimiento, es preciso que para que entre en vigencia, cada provincia adhiera mediante una ley provincial propia, a ser tratada por las respectivas legislaturas". Indicó que la excepción es la Ciudad de Buenos Aires, donde es de aplicación inmediata, debido a que no dispone de Justicia local, por lo cual es competente la Justicia Nacional. Mediante la Ley Nacional, que "necesita la adhesión de cada provincia, se busca separar casos con incapacidades reales de casos fraguados, así como también darle celeridad al tratamiento y pago de los que sí tienen incapacidades reales".
Entre otras modificaciones, esa ley previó:
1) un procedimiento administrativo previo en las Comisiones Médicas, para evaluar las dolencias de las personas;
2) la regulación de honorarios de los peritos en función del trabajo realizado, es decir desacoplarlos del porcentaje que determinara la pericia; la uti-
lización de la Tabla de Evaluación de Incapacidades (Baremo) prevista en la Ley 27.348, a fin de objetivar el porcentaje de incapacidad correspondiente a cada daño;
3) plasmar en blanco sobre negro el alcance de la cobertura y del cálculo de la indemnización, a fin de dar certidumbre a ambas partes (empresarios y trabajadores) y celeridad en el acceso a la indemnización y esperar que la justicia valide estos parámetros de referencia si los casos llegan a su ámbito.
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