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2 de noviembre 2006 - 00:00

Ardid judicial

El ardid para «zafar» de una decisión judicial no es ya un atributo exclusivo de los delincuentes comunes. La violación de la ley ocurre también en los Tribunales. El artilugio legal que le otorga potestad a un fiscal para clausurar una causa cuando no acusa permitió que los apoderados de partidos políticos no respetaran los gastos topes establecidos por la ley de financiamiento de los partidos políticos. Es lo que hizo el fiscal federal con competencia electoral Jorge Di Lello, quien al no apelar un fallo de la jueza Servini de Cubría a favor de las alianzas de Kirchner y Menem en 2003 encriptó para siempre la posibilidad de que hubiera sanciones para los partidos cuyas cuentas no son transparentes. Para el catálogo de la arbitrariedad.

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El fiscal federal Jorge Di Lello pudo haber marcadoel final de una era de tolerancia sobre el financiamiento de los partidos políticos. Tenía la oportunidad de iniciar un proceso de limpieza en la política de idéntico porte al que ejecutaron jueces y fiscales italianos que dieron vida al «mani pulite» en su lucha contra la «tangente» italiana.

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Sin embargo, Di Lello no tuvo la osadía de apelar la decisión de la jueza María Servini de Cubría, quien determinó que no haya sanciones para los partidos políticos que superaron en 2003 el tope de gastos electorales fijado por la Ley de Financiamiento Político. El dictamen de la jueza benefició al Frente para la Victoria de Néstor Kirchner y el Frente para la Lealtad, de Carlos Menem. Ambos agrupamientos políticos se excedieron en más de 15 millones de pesos los gastos permitidos.

La decisión de la magistrada benefició principalmente al jefe de Gabinete, Alberto Fernández, quien actuó como responsable político del partido oficialista, y a Héctor Capaciolli. También, a quienes desempeñaron esas funciones para el menemismo, Carlos Gatti, Manuel Otero González y Angel Mariano Torres.

  • Topes

  • La Ley 25.600, sancionada durante el gobierno de Eduardo Duhalde, puso topes al dinero que manejan los partidos, reconociendo un peso por cada elector habilitado para votar. Para la magistrada, los gastos que hicieron consultoras, agencias de publicidad, imprentas y otras empresas en favor de cada uno de esos partidos no habían violado los límites fijados por la ley porque, según ella, los políticos y los partidos que se beneficiaron con publicidad y con otras donaciones ignoraban esa situación.

    Servini de Cubría determinó la inconstitucionalidad de un artículo de la ley, que prevé que quienes violan los límites legales sufrirán penas de multa e inhabilitación para votar y para ejercer cargos públicos.

    Di Lello, que tiene competencia electoral y es un hombre del procurador Eduardo Righi (designado por el gobierno), había planteado ese mismo criterio y, por lo tanto, no presentó el recurso de apelación. Por eso, la Cámara Nacional Electoral no podrá revisar ni revocar estas decisiones.

  • Informes obviados

    Un cuerpo de auditores nombrado por la Cámara Electoral comprobó que varios de los candidatos no informaron el monto real del dinero que utilizaron con fines proselitistas.

    Con el cotejo de los gastos informados de las propias agrupaciones con las facturas y documentos recolectados entre empresas anunciantes, medios de comunicación e imprentas, los expertos determinaron que el Frente para la Lealtad, que impulsó al ex presidente Carlos Menem, declaró 11 millones de pesos menos de los efectivamente gastados, mientras que el Frente para la Victoria, que postuló a Néstor Kirchner, declaró 2,2 millones menos.

    También los peritos denunciaron discrepancias entre el monto que reconoce la alianza de Kirchner como erogado por la Fundación Argentina Solidaria, no declarada en el informe final presentado de la suma de $ 8.464.190. La misma fundación aparece aportando $ 7.494.417 a la Alianza Frente por la Lealtad que llevó a la fórmula Menem-Romero.

    Pero, además, los expertos comprobaron que hubo empresas -consultoras, agencias de publicidad, medios de comunicación e imprentas- que efectuaron aportes que, computados en su conjunto, excedían todos los límites. Pero como quienes recibían esos fondos dijeron no tener conocimiento, son inocentes. Un buen argumento que en lo sucesivo habrán de usar quienes sean acusados de manejar fondos negros del narcotráfico, de coimas o de evasión de impuestos. Claro que deberán contar con un fiscal poco osado que atornille la causa y haga posible otro giro de la Argentina impune.
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