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12 de marzo 2003 - 00:00

Argumenta la Corte idea de no redolarizar deudas no bancarias

Varios jueces de la Corte Suprema ya tienen definido mantener pesificadas las deudas no bancarias al momento de fallar sobre el tema. Se trata de una resolución que tiene en vilo a dos millones de personas que tomaron créditos en dólares fuera del sistema financiero (básicamente escribanías). Ayer, el juez de la Corte Carlos Fayt destacó que existe jurisprudencia que protege un derecho social, como es la vivienda, y que no daña la propiedad privada. El Tribunal se inclinaría así por mantener el criterio de los jueces de primera instancia que en 80% de los casos han venido fallando a favor de pesificar las deudas o la negociación entre las partes. Otro dato importante que surgió de la Justicia ayer: una Cámara de Apelaciones ordenó que debe abonarse uno a uno una deuda por un alquiler (consideró que el propio Estado garantizó la Ley de Convertibilidad y que después la quebró dejando sin respaldo a los que se basaban en esa ley). Esto avala la teoría que hoy defienden los deudores no bancarios. La clave pasa porque, además, la Corte Suprema no proyectará a deudores el fallo a favor de San Luis redolarizando sus depósitos.

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Sin cometer la imprudencia de prejuzgar, el ministro de la Corte
Sostuvo que en los ámbitos civil y comercial, los jueces de estos fueros cuentan con herramientas e instrumentos como precedentes como el Home Building de los Estados Unidos y el caso Avico, fallado por la Corte en 1934 en el que se cuestionó la ley de moratoria hipotecaria, tal como lo informó
Es decir,

















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