El juez Norberto Oyarbide le pidió ayer al Ministerio de Defensa las carpetas sobre el levantamiento carapintada en diciembre de 1990, por un pedido de anulación del indulto de Mohamed Alí Seineldín. El ex coronel había sido condenado a prisión perpetua por ese alzamiento militar, pero el 21 de mayo de 2003, a través del Decreto 1.228, Eduardo Duhalde le concedió el perdón. El beneficio presidencial fue firmado días antes del ascenso al poder de Néstor Kirchner e incluyó al líder del MTP Enrique Gorriarán Merlo y al coronel Pedro Mercado, a quien le atribuyen haber introducido en la SIDE al actual diputado de El General, Juan José Alvarez (de quien es, además, cuñado).
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Oyarbide (convertido al kirchnerismo) quiere conocer los fundamentos del indulto. Por esa razón, reclamó las actuaciones del juzgamiento de Seineldín por parte del Consejo Supremo de las Fuerzas Armadas.
Esa causa fue promovida hace tres años en Tierra del Fuego por Ricardo Forgione Tibaudin, quien planteó la nulidad del decreto y pidió que se dejara sin efecto. Luego de un par de años de andar boyando por los tribunales de Comodoro Py, el expediente recaló en el juzgado de Oyarbide, quien semanas atrás anuló los indultos del ex presidente Carlos Menem a Jorge Rafael Videla y a los ex ministros del Interior Albano Harguindeguy y de Economía Alfredo Martínez de Hoz.
Pese a que es una atribución presidencial, los indultos se han convertido ahora en la vedette de los tribunales porteños. En especial, luego de la anulación de las leyes de Obediencia Debida y Punto Final, donde se consignó que los delitos de lesa humanidad son imprescriptibles.
Esa definición también tiene alcance para los indultos.
Sin embargo, como apunta el constitucionalista Gregorio Badeni, los tratados internacionales que establecen la imprescriptibilidad de este tipo de delitos entraron en vigencia a partir de 2003 y, por lo tanto, no podrían aplicarse restroactivamente normas judiciales perjudiciales para un imputado. Al menos, esa regla era la que valía antes del ingreso a la era del kirchnerismo.
Advertencia
El Colegio de Abogados de la Ciudad (CACBA) advirtió que los jueces están «exacerbando las pasiones» con sus últimos pronunciamientos, donde aparece tergiversado el concepto de delitos de lesa humanidad. Esta figura fue definida en el Estatuto de Roma -ratificado por la Argentina mediante la Ley N° 25.390 del 8 de enero de 2001- como «aquellos que se cometen como parte de un ataque generalizado o sistemático contra una población civil, y con conocimiento de dicho ataque».
Luego, el estatuto detalla las conductas comprendidas en esa categoría. En línea con las Convenciones de Ginebra de 1949, aplicables a los «conflictos internos», el Estatuto de Roma, además, define el « ataque contra la población civil» como una línea de conducta que implique la comisión múltiple de los delitos allí mencionados contra una población civil, de conformidad con la política de un Estado, o de una organización dedicada a cometer ese ataque o para promover esa política. Surge claro que el delito de lesa humanidad se define por las características y alcance de los hechos, sin establecer distingos ni en razón de quiénes son las víctimas ni sus autores, es decir, si éstos últimos son integrantes o no de algún organismo o fuerza estatal.
Podría reprochársele a la Corte Suprema ser la causante de esta «laguna interpretativa». A partir del caso del presunto etarra Lariz Iriondo, el tribunal «limitó incorrectamente el alcance de los delitos de lesa humanidad a aquellos cometidos por integrantes de fuerzas estatales», opinaron Enrique del Carril y Guillermo Lipera, presidente y secretario respectivamente del CACBA.
«Ello tiene seria implicancia, ya que da lugar a cuestionamientos acerca de la imparcialidad con que se juzgan los delitos cometidos en el contexto de la guerra contra el terrorismo durante la década 70. Pues mientras se consideran imprescriptibles los delitos cometidos por los integrantes de las Fuerzas Armadas y de seguridad, se exime de juzgamiento a quienes cometieron graves delitos contra civiles inocentes, incluyendo el asesinato y secuestro, en forma indiscriminada, contra sindicalistas, empresarios, profesores, militares, policías, mujeres y niños», enfatizaron los representantes del Colegio de Abogados de la Ciudad.
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