27 de mayo 2025 - 14:55

El truco del colchón: ¿legalizar la trampa sin ley?

Juan Pablo Chiesa, abogado. Especialista en trabajo y empleo. Magister en Empleo y Políticas Públicas. Diplomado en Inteligencia Artificial aplicada al Derecho. Explica los perjuicios que puede traer incrementar tu patrimonio de la nada.

Juan Pablo Chiesa advierte sobre los riesgos jurídicos del nuevo plan económico.

Juan Pablo Chiesa advierte sobre los riesgos jurídicos del nuevo plan económico.

En tiempos de crisis, resurgen fórmulas gastadas con maquillaje de modernidad. El nuevo “plan Caputo” para que los argentinos saquen plata del colchón y la declaren, sin sanción ni ley que lo autorice, es eso: un truco viejo con rostro nuevo. Pero hay un pequeño gran detalle que nadie quiere decir en voz alta: sin una ley del Congreso, aumentar tu patrimonio de la nada no es legal. Y punto.

No hay marketing que lo esconda. No hay storytelling económico que lo justifique. Y mucho menos hay norma jurídica que lo habilite. Porque, aunque se le cambie el nombre (blanqueo, sinceramiento, exteriorización voluntaria o “acuerdo moral de reconstrucción”), la verdad no cambia: sin ley no hay perdón tributario ni inmunidad patrimonial posible.

La Constitución no avala la magia fiscal

El artículo 75 inciso 2 de la Constitución Nacional es claro: Corresponde al Congreso imponer contribuciones directas y establecer excepciones. Las exenciones o beneficios fiscales no pueden ser decretadas por un ministro, un secretario ni un power point. Son materia reservada a ley formal.

Por eso, cualquier mecanismo que permita incorporar a tu patrimonio activos no declarados, sin pagar el impuesto que corresponde ni pasar por una norma votada por diputados y senadores, choca de frente con el principio de legalidad tributaria. No se trata de un tecnicismo: se trata de que los derechos y las cargas se deciden por ley, no por guiños del poder ejecutivo.

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La ley tributaria es taxativa: El artículo 1 de la Ley de Procedimiento Tributario (11.683) establece que sólo por ley puede establecerse la forma de determinación y percepción de tributos. Y los artículos 18 y 19 penalizan la evasión y la omisión maliciosa.

Entonces, si vos “sacas del colchón” 50 mil dólares, los ponés en tu cuenta y decís que ahora “son legales” porque hay un nuevo plan de sinceramiento verbal… estás reconociendo un ingreso no declarado. Y eso, sin norma habilitante y sin pagar los impuestos omitidos, no es un acto voluntario: es una confesión de evasión.

Más aún: el artículo 18 de la Ley Penal Tributaria (24.769) castiga la incorporación dolosa al patrimonio de fondos cuyo origen no puede justificarse. O sea: si vos aumentás tu patrimonio y no podés justificarlo con ingresos declarados ni con amnistía legal aprobada, estás en problemas.

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El plan oficial promete exteriorizar activos, pero sin respaldo normativo.

El plan oficial promete exteriorizar activos, pero sin respaldo normativo.

¿Y qué opina ARBA?

Desde ARBA (Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires), el criterio es claro: todo incremento patrimonial no justificado puede ser objeto de fiscalización retroactiva. De hecho, hay numerosos casos donde se exigieron impuestos sobre incrementos sin respaldo documental.

Los fiscos provinciales no están obligados a convalidar lo que no se declara formalmente. Si no hay una ley nacional que establezca el perdón fiscal, la “normalización” es apenas un eufemismo para encubrir irregularidades.

El falso relato de la “patria blanqueadora”

Ya vimos esta película. En 2016 hubo un blanqueo con ley. Se discutió, se sancionó y se creó un régimen claro, con fecha de corte, alícuotas progresivas y límites. Lo mismo ocurrió con los sinceramientos de 2009 y 1991. Pero todos fueron leyes. No powerpoints.

Lo que intenta ahora Caputo no tiene sustento jurídico ni institucional. Y, peor aún, premia al que incumplió frente al que cumplió, destruyendo el principio de equidad tributaria.

¿Quién va a seguir pagando impuestos si mañana otro ministro inventa otro blanqueo express sin ley?

¿Dónde queda la moral fiscal si el mensaje es “guardá la plata en el colchón y esperá a que te perdonen sin pasar por el Congreso”? Eso no es una política pública: es un saqueo institucional.

Dólares guardados
Para la AFIP y ARBA, todo incremento patrimonial sin justificación es fiscalizable.

Para la AFIP y ARBA, todo incremento patrimonial sin justificación es fiscalizable.

El efecto boomerang: inseguridad jurídica.

Todo patrimonio que crece sin respaldo documental es susceptible de ser cuestionado por la AFIP o por la justicia. Aumentar tu base patrimonial de forma espontánea, sin respaldo, sin norma legal y sin tributar lo que corresponde, puede activar inspecciones, multas e incluso denuncias penales.

Y no hay relato económico que lo salve. Porque no se trata de combatir la informalidad con más informalidad desde el Estado. Se trata de restablecer la legalidad como regla, y no como excepción.

¿Y el que cumplió? ¿Qué le decimos al monotributista que factura todo en blanco, paga IVA y ganancias, y no puede comprarse un auto porque está embargado? ¿Qué incentivo le damos al empresario que declaró cada centavo y hoy tiene miedo de fundirse? ¿Cómo defendemos al cumplidor si premiamos al evasor con un “pase libre” sin ley?

Esta es la pregunta ética que ningún funcionario quiere responder. Porque si la respuesta es “igualá para abajo”, entonces estamos legitimando la decadencia como sistema.

Conclusión: sin ley, no hay perdón.

No importa cómo lo disfracen. No importa qué nombre le pongan. El patrimonio no nace por magia, ni se lava por decreto. Solo el Congreso puede autorizar la exteriorización de activos no declarados. Y solo con ley puede garantizarse la paz fiscal. Todo lo demás es un simulacro peligroso.

Blanquear sin ley no es justicia fiscal: es complicidad institucional. Y la Argentina no necesita más perdones: necesita reglas claras, justicia fiscal y coraje para sostenerlas.

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