15 de julio 2003 - 00:00

Después de Moliné diputados sueñan con efecto dominó

Presionados por el gobierno, o quizá necesitados de imprimir un poco de brillo a la desgastada imagen que tiene el Congreso, los legisladores de la Comisión de Juicio Político, en voz baja, ya sugieren que después del ministro Eduardo Moliné O'Connor será el turno de otros cuatro jueces.

La estrategia, que ya esgrimió Néstor Kirchner, la ratificó el ministro de Justicia, Gustavo Béliz, y después convalidó Ricardo Falú, es someter a una mayor presión a los jueces de la Corte con el propósito de obtener sus renuncias en un tiempo que no puede superar el final del año y terminar con «la mayoría automática».

Como teoría, susurran que Moliné O'Connor tampoco enfrentará el juicio político y que seguirá los pasos de Nazareno. Al ex vicepresidente de la Corte Suprema de Justicia se lo acusa de presunto mal desempeño de sus funciones. El ministro de la Corte tiene tiempo hasta el jueves al mediodía para ejercer su defensa frente a una decena de cargos endebles formulados en su contra por ese cuerpo asesor, en los llamados casos Meller, Macri y Magariños. Se trata de los mismos argumentos con los que se apresuró la partida de Nazareno. Se vuelve a juzgar a los jueces de la Corte por sus sentencias, una táctica que -creen-dará buenos resultados y que estiman podría producir un efecto en cascada sobre los jueces Augusto Belluscio (firmó la sanción a Magariños), Guillermo López, Adolfo Vázquez (firmaron en los tres casos) y Antonio Boggiano (firmó las sentencias de Macri y Meller).

Si se siguiera el razonamiento de los legisladores, sería de suponer que la destitución podría caberles también a los integrantes de la Cámara de Casación Penal que falló a favor de Macri. La Corte únicamente confirmó esa sentencia.

El caso de la sanción a Magariños es emblemático. La Corte dictó el 17 de noviembre de 1998 una acordada (52/98) que fue firmada por 8 jueces (incluidos Enrique Petracchi y Gustavo Bossert) en la que se ratifica que la potestad de sancionar a los magistrados es concurrente con el Consejo de la Magistratura. El único que no firmó esta acordada fue Nazareno.

Seis meses después, en mayo de 1999, sin el respaldo de Petracchi y Bossert, la Corte vuelve a cambiar el criterio. Aun así, es sabido que las sanciones que aplica el Consejo de la Magistratura son apelables ante la Corte, con lo cual ese Tribunal tiene siempre la última palabra.

«Esto es una parodia de juicio político. Nos dieron 4 días y 12 horas para hacer el descargo, pero en realidad tuvimos 3 días y 12 horas, porque el viernes no se pudo retirar la copia de los cargos. La vez anterior tuvimos 11 días para formular los descargos y 3 días más de prórroga. Es evidente que están apurados»
, comentó el constitucionalista Gregorio Badeni a cargo de la defensa de Moliné O'Connor.

Desde el gobierno se arguye que la intención es
«terminar con la mayoría automática de la década menemista». Sin embargo, el hábil eslogan político podría tumbar de bruces a más de uno si con detenimiento se accede al informe del Instituto de Investigaciones Ambrosio Gioja de la Facultad de Derecho de la UBA.

Allí se puede leer con toda claridad que
no hay fallos en que sólo votaron jueces llamados oficialistas. «Siempre vota al menos un no oficialista. Obviamente, dado que son minoría (4 sobre 9), tampoco hay desde entonces fallos en que sólo votaron jueces denominados no oficialistas.

•Jurisprudencia

Otro informe puntualiza, en función de estadísticas, que la supuesta mayoría automática «no existe» y que los casos señalados como consecuencia de la misma han sido resueltos por aplicación de principios tradicionales enraizados en la jurisprudencia nacional y el derecho constitucional norteamericano (falta de caso, falta de legitimación, cuestiones políticas, etcétera).

El estudio evalúa que si la formación de una mayoría automática de apoyo al Poder Ejecutivo tuvo lugar, sería lógico encontrar multitud de sentencias a favor de esa rama de gobierno.

«Sin embargo, son escasos los casos en que una sentencia de la Corte Suprema con la mencionada mayoría ha beneficiado al Ejecutivo. En realidad, parece absurdo hablar de beneficiar al Poder Ejecutivo cuando se dan casos donde, por ejemplo, se consideró la falta de legitimación de los actores que cuestionaban una determinada política o acto o gobierno. Si bien esto explica el rechazo del recurso y, por ende, dejar vigente la norma atacada, está claro que el Tribunal no podría modificar las reglas centenarias que exigen la existencia de un caso o una cuestión judiciable.»

Analizando las sentencias dictadas en el período 1995-2001, el informe concluye que los jueces Nazareno, Moliné O' Connor, Boggiano, López y Vázquez (la denominada mayoría automática) votaron en mayoría o por su voto en un número muy reducido de causas.

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